domingo, abril 28, 2024

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Mar del Plata – La Justicia analiza la constitucionalidad de la nueva “tasa vial”

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El expediente se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo N°1. Fue rechazada una cautelar para suspender su aplicación mientras se analiza el caso.

Como parte de una acción en la que deberá definir si la creación de la nueva “tasa vial” que pasó a pagarse al cargar combustible en Mar del Plata es constitucional o no, la Justicia en lo Contencioso Administrativo rechazó un pedido de dictado de una medida cautelar que buscaba suspender la aplicación del cobro hasta que se conociera la resolución definitiva.

El proceso fue iniciado por el diputado provincial Guillermo Castello en calidad de vecino de Mar del Plata y titular de un auto que circula por la ciudad. Se trata de una “acción declarativa de certeza” iniciada contra la Municipalidad ya que considera como inconstitucional la aprobación y reglamentación de los cambios en la ordenanza fiscal en torno a la creación de la nueva “Tasa para el Mantenimiento de la Red Vial Urbana Municipal” (tasa vial).

Concretamente, la acción iniciada por Castello ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata, a cargo de Simón Isacch, solicita que se declare la inconstitucionalidad de la nueva “tasa vial”. Mientras eso se analiza, la presentación requirió el dictado de una medida cautelar para suspender su aplicación, pero ese pedido fue rechazado por el juez.

En la resolución notificada este viernes, el juez remarcó que se dispuso tratar el proceso como un “trámite sumarísimo” lo cual agiliza y acelera los plazos de definiciones por lo que “la urgencia se satisface con el propio proceso -sumarísimo-, no advirtiendo en el caso elemento alguno que lleve a que la duración del mismo pueda agravar -con cierta intensidad- la situación”.

“No se han aportado hasta aquí elementos que permitan verificar que la aplicación de la tasa genere en el accionante un detrimento de magnitud suficiente como para encuadrar su situación en el requisito bajo análisis”, planteó el juez con relación a la medida cautelar solicitada.

De esa manera, a la espera del avance de la causa y del dictado de una sentencia “en forma rápida”, el magistrado rechazó la cautelar pedida y, además, notificó a la Municipalidad, al intendente Guillermo Montenegro y a la presidenta del Concejo Deliberante, Marina Sánchez Herrero, del proceso abierto. En el caso del Ejecutivo deberá contestar la presentación con sus argumentos.

Los fundamentos expuestos en la presentación de la acción judicial se apoyan en una “ausencia de los requisitos intrínsecos inherentes a toda tasa municipal de divisibilidad e individualización del servicio prestado” y en una “violación frontal a normas intrafederales y supraprovinciales de carácter superior a la normativa que crea la norma”.

Ya durante la discusión de la ordenanza en el Concejo Deliberante desde la oposición en su conjunto habían advertido por posibles acciones y decisiones judiciales que pudieran llegar a discutir la constitucionalidad de la nueva tasa justamente a partir de una posible doble imposición de tributos teniendo en cuenta los impuestos ya fijados a nivel nacional, la universalidad del cobro sean ciudadanos marplatenses o no, la proporcionalidad en cuanto a la carga de combustible de acuerdo a diversas características particulares y la falta de una contraprestación “evidente” por su pago, aunque terminó de fijarse como fondo afectado para el arreglo de calles.

El cobro de la tasa al cargar combustible en las estaciones de servicio de Mar del Plata empezó a regir el 8 de febrero. La incidencia en el precio final fue distinta a la que proyectaba el gobierno municipal ya que si bien la alícuota prevista en la ordenanza es del 3%, al aplicarse sobre el precio neto (es decir, precio sin impuestos) se había definido que el impacto sería del 1,86% en el precio final aunque en las estaciones de servicio finalmente se ubicó por encima del 2%.

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