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LUZ: Justicia frenó los aumentos

La Justicia frenó los aumentos de luz en la provincia de Buenos Aires

Un fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, frenó los incrementos en la tarifa de energía eléctrica aplicados desde agosto en la provincia de Buenos Aires.

La medida cautelar responde a un recurso presentado por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, y responde a la falta de una audiencia pública previa para debatir las subas.

El fallo dejó sin efecto la Resolución 585/2026 impuesta por el Ministerio de Infraestructura bonaerense y ordenó retrotraer las tarifas a los valores previos a agosto, congelando cualquier nuevo incremento que no cuente con una instancia formal de participación ciudadana.

Distribuidoras alcanzadas y alcance del fallo

La medida cautelar aplica de manera directa a las cuatro distribuidoras bajo jurisdicción de la regulación provincial:

  • EDES
  • EDELAP
  • EDEA
  • EDEN

Quedan expresamente excluidas de la resolución las cooperativas eléctricas y las empresas Edenor y Edesur, dado que operan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) bajo la órbita de regulación del Gobierno nacional.

El centro de la controversia: falta de audiencias públicas

El punto de conflicto se enfoca en las modificaciones sobre el Valor Agregado de Distribución (VAD). Desde el Gobierno provincial argumentaron que la suba se enmarca en una transición tarifaria por emergencia energética cuyas pautas se debatieron en audiencias públicas celebradas en 2016.

Sin embargo, la Justicia desestimó dicha postura argumentando el excesivo paso del tiempo y respaldándose en jurisprudencia de la Corte Suprema (caso CEPIS) y de la Suprema Corte bonaerense (precedente «Negrelli»):

“Hace diez años que no se realiza una audiencia pública. Pretender justificar constantes subas en una ‘tarifa de transición’ por tiempo indefinido desnaturaliza el derecho a la información de los usuarios”, advierte el fallo.

Devoluciones y reajuste en las facturas

Además de frenar los aumentos futuros sin audiencia previa, el magistrado dispuso medidas concretas para las facturas emitidas o abonadas durante este período:

  • Suspensión inmediata: Se restablece el cuadro tarifario previo respecto a los componentes de jurisdicción provincial.
  • Devolución de montos: Las distribuidoras deberán refacturar, reacreditar o imputar los cobros cobrados en exceso a favor de los usuarios en la siguiente liquidación.
  • Prevención de daños: El juzgado remarcó que cada boleta emitida bajo el esquema suspendido «transforma una lesión preventiva en un perjuicio económico efectivamente consumado».

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