jueves, marzo 28, 2024

Justicia, Nacionales

A regular la violencia digital

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El Senado dictaminó un proyecto para incorporar una modalidad nueva a la ley 26.485 que es la digital, la cual es ejercida contra las mujeres por medio de la tecnología. Diferencias con los tipos de violencia ya contemplados en la ley.

La Banca de la Mujer del Senado de la Nación dio dictamen favorable a un proyecto de ley que busca incorporar la definición de “violencia digital” como una de las modalidades de violencia contra las mujeres, a través de una modificación de la Ley de Protección Integral de las Mujeres.

Concretamente, procura incorporar el inciso “g” al artículo 6 de la Ley 26.485 de de modo que se defina a la “violencia digital” como “aquella ejercida contra las mujeres mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), de conformidad con la Ley 27.078 Argentina Digital, con el objeto de atentar contra la integridad, dignidad o intimidad de las mismas; su identidad, reputación, libertad, existencia y domicilio digitales, el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el ámbito virtual y el uso de las TIC a fin de causar daño físico, psicológico, económico, sexual o moral tanto en el ámbito privado como en el público, a ellas o a su grupo familiar”.

El texto plantea la incorporación del inciso 8 al artículo 10 de esa misma ley, de modo de establecer que el Estado nacional deberá promover, en articulación con las jurisdicciones, programas de educación digital.

Se trata de una iniciativa de la senadora Cristina López Valverde, quién remarcó que la Ley 26.485 “ha calado profundamente en el marco legislativo nacional y muy especialmente en la vida de las mujeres, porque les ha dado medios, herramientas, para llegar ante la justicia y reclamar por sus derechos”.

Al respecto, la funcionaria explicó que se debe diferenciar esta modalidad de la “violencia digital” y la “violencia mediática”, ambas ya contempladas en la ley, ya que «a través de las TIC’s se dan formas más aceleradas, más rápidas, más complejas de que se produzca la comunicación entre dos extremos», por lo que es necesario “aggiornar a la ley” y “darle actualidad”.

“Se han dado muchas denuncias de ciberacoso y de delitos que tienen que ver exclusivamente con Internet y las redes” donde, además, “puede prevalecer el anonimato y las identidades falsas”, agregó.

Entre los argumentos, el proyecto recoge datos de Amnistía Internacional, cuyos informes revelaron que “una de cada tres mujeres ya ha experimentado una situación de violencia en las redes; el 26% de las mujeres víctimas de violencia de género o abuso en las redes recibió amenazas directa o indirectamente de violencia psicológica o sexual; y el 70% de las mujeres que sufrió abuso o violencia en las redes hicieron algún cambio en la manera en que se manejan en las redes».

Por último, la senadora remarcó que la norma concentra definiciones “para que la entiendan los jueces” y resaltó que «no se puede tratar a la tecnología como si fuera un mal en sí mismo”, ya que es a través de celulares, por ejemplo, que las mujeres denuncian violencia o recurren a botones antipánico.