lunes, noviembre 25, 2024

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NECOCHEA: Disertación sobre el reempadronamiento de plantas cerealeras en el Distrito

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La Municipalidad de Necochea informa que el próximo miércoles 21, a las 19, en el Salón Auditórium del Centro de Acopiadores, la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente ofrecerá una disertación e intercambio de consultas sobre el reempadronamiento y reordenamiento de las Plantas de Cereales en el distrito.

La misma estará a cargo del titular del área mencionada, Arq. Martín Sarasíbar, junto al Director de Planeamiento, Arq. Marcelo Etchegoyen y la Directora de Medio Ambiente, Lic. Mónica Fávero, siendo invitados todos los integrantes del complejo agro exportador de Necochea y zona.

Este evento se lleva a cabo luego de que el Intendente Municipal, Dr. Daniel Molina firmara el decreto por el cual obliga al reempadronamiento de todos los establecimientos dedicados al almacenamiento, clasificación, acondicionamiento y conservación de granos del distrito.

Los mismos tendrán sesenta días desde para cumplimentar el formulario de «Reempadronamiento 2008 Plantas Cerealeras. Anexo I» en el que con carácter de Declaración Jurada y avalado por profesional competente en seguridad e higiene o inscripto en el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS)  se consignarán todos los datos referidos a la actividad principal y de los otros rubros secundarios y complementarios que se desarrollan en el mismo predio.

Los formularios y la normativa de referencia estarán en la página Web oficial de esta Municipalidad www.necochea.gov.ar. Las presentaciones deberán realizarse en soporte magnético y copia papel para el inicio de expediente.

Allí mismo deberá darse cumplimiento a la Ley 12605 con referencia a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental que avale la aptitud de funcionamiento de los establecimientos instalados o a instalarse y las modificaciones y ampliaciones que se produzcan, contemplando los plazos correspondientes.

Deberán consignarse todas las actividades que se desarrollan en el mismo predio: Actividades industriales, combustibles, agroquímicos y toda otra actividad que se desarrolla en el lugar.

También deberán contar con la documentación de obra actualizada y aprobada de todas las instalaciones del establecimiento, aclarándose que para los casos que se encuentren en zonas no aptas según normativa vigente, a partir de esta presentación, quedará terminantemente prohibido realizar ampliaciones o modificaciones.

Los establecimientos que se encuentren emplazados en zona NO APTA según normativa municipal vigente sin haber regularizado su situación habilitatoria y a solicitud de los interesados, podrán seguir funcionando en forma precaria por el término de 90 (noventa) días, para lo cual se le extenderá un permiso precario sujeto al cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ordenanza 6414/08 y la presente reglamentación.