El Supremo suspende de forma cautelar el censo electoral de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ que no acrediten directamente el exilio
El Tribunal Supremo ha frenado cautelarmente el derecho a voto de una parte de las personas que obtuvieron la nacionalidad española a través de la conocida como ‘ley de nietos’.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo acordó este martes suspender la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de los nacionalizados que no acrediten de forma directa el exilio de sus ascendientes.
La resolución se adopta a petición de Vox e Iustitia Europa tan solo 24 horas después de la vista celebrada ante la Sala Tercera.
La medida deja en suspenso el voto exterior de un colectivo cercano a las 300.000 personas, aunque no altera la nacionalidad ya concedida.
El origen de la controversia La norma de origen —la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022)— permitía optar a la nacionalidad a hijos y nietos de españoles que debieron exiliarse por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación sexual.
El plazo de solicitud se cerró en octubre de 2025 tras recibir más de 2,4 millones de peticiones. Según datos oficiales, 544.722 solicitudes fueron aprobadas y unas 306.000 personas figuraban inscritas en el CERA a 31 de marzo de 2026.
El litigio judicial no cuestiona la norma, sino una instrucción dictada en octubre de 2022 por el Ministerio de Justicia. Dicha pauta estableció una presunción de exilio para quienes salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, eximiendo de la acreditación caso por caso.
Vox e Iustitia Europa recurrieron al entender que esa instrucción amplió el alcance legal por encima de lo aprobado por el Parlamento, advirtiendo de un posible vicio en las próximas citas electorales si se mantenían las altas automáticas en el censo.
Alcance de la medida cautelar
- Lo que cambia: Queda en suspenso la inscripción en el censo CERA —y, por ende, el ejercicio del derecho a voto— para quienes accedieron a la nacionalidad bajo la presunción general de la instrucción de 2022 y no mediante la acreditación directa del exilio.
- Lo que no cambia: No se detiene la Ley de Memoria Democrática, no se frenan los expedientes en trámite ni se anula la nacionalidad de ninguna de las personas que ya la han adquirido.
La Sección Cuarta ha solicitado a la Junta Electoral Central que separe los expedientes tramitados con acreditación directa de aquellos aprobados al amparo de la instrucción cuestionada.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron a la suspensión por considerar que puede restringir un derecho fundamental a ciudadanos de pleno derecho.
Reacciones políticas El fallo ha reactivado el debate político en torno al voto exterior:
- Gobierno y socios: El ministro Félix Bolaños urgió al tribunal a resolver el fondo del asunto antes de las elecciones de 2027, recordando que el recuento del CERA en 2023 restó un escaño al PSOE. Desde Sumar, la portavoz Verónica Martínez Barbero consideró que la resolución muestra la oposición del Poder Judicial al Ejecutivo.
- Oposición: El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, valoró la decisión asegurando que el tiempo les da la razón, mientras que en Vox celebraron la suspensión cautelar como un avance, si bien su dirigente Jorge Buxadé señaló que impulsarán el recurso hasta lograr una sentencia firme sobre el fondo del asunto.

