sábado, abril 27, 2024

Justicia, Nacionales

Código Procesal Penal de Santa Fe

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Comunicado del INECIP

Una reforma que sólo favorece la burocratización y la ineficiencia

La Legislatura de Santa Fe se apronta a tratar una reforma al Código Procesal Penal provincial que presenta  aspectos manifiestamente inconstitucionales que, lejos de resolver los problemas de la justicia penal santafesina y de inseguridad, sólo los agravarán. La propuesta tiende a potenciar la burocratización e ineficiencia del sistema, prácticas que siempre han dado paso a distintas formas de abuso y de
corrupción.

El mismo Gobierno Provincial que reclama la implementación en la Justicia Federal de Rosario de un Código Procesal Penal Federal que establece la oralidad plena y plazos breves para agilizar la justicia; impulsa a nivel provincial una reforma en un sentido exactamente opuesto.

Los puntos más problemáticos del proyecto del Gobierno provincial son 1) la escrituración de la investigación, eliminando audiencias y 2) la extensión de los plazos para el control judicial de las detenciones. No es casual que ni siquiera el Ministerio Público de la Acusación se haya mostrado favorable a un proyecto que, supuestamente, viene a facilitar su actividad.

1) ESCRITURAR LA INVESTIGACIÓN SÓLO GENERARÁ MÁS BUROCRATIZACIÓN: El proyecto busca limitar la oralidad en la investigación, eliminando la audiencia de formalización de cargos (art. 274) y las audiencias en las que “no existan controversias” (art. 127). La experiencia de otras provincias evidencia que cuando las audiencias dejan de ser obligatorias y se convierten en “optativas”, el sistema termina forzando a las partes a no realizarlas. Y un sistema sin audiencias es un sistema poco transparente, más lento y con menor participación de las víctimas. Es falso que esto acelera los tiempos: la experiencia de los pocos sistemas escritos vigentes demuestra que sólo haciendo audiencias es posible tener una justicia más rápida. Pero, principalmente, eliminar la oralidad afecta el derecho de la ciudadanía y de los medios de comunicación a controlar los procesos judiciales, facilitando la arbitrariedad y hasta la corrupción judicial, en una provincia con graves antecedentes de protección ilegal.

2) EXTENDER LOS PLAZOS DE REVISIÓN JUDICIAL DE LAS DETENCIONES PROMOVERÁ LA INEFICIENCIA: La cantidad de personas privadas de la libertad en Santa Fe se duplicó en la última década. De más está decir que la inseguridad, lejos de resolverse, sólo se agravó. El problema no es la “cantidad” de
detenidos, sino la “calidad”. No es “cuántos”, sino “quiénes”: la política de detención masiva de los eslabones más bajos de la cadena criminal ya mostró su fracaso. Profundizar esa política es profundizar el error. Reducir el control judicial sobre las detenciones, extendiendo ese plazo a más de 30 días para casos “complejos” y 8 días para casos “comunes” (art. 214) promueve el abuso de poder policial, avala el uso arbitrario y eventualmente corrupto de las detenciones, y desincentiva la realización de investigaciones complejas.

Se necesita una política criminal inteligente y eficaz que esta reforma, lejos de promover, obstaculiza, ya que promueve que la policía y las fiscalías “mejoren” sus estadísticas generando detenciones de baja calidad que no inciden sobre las estructuras criminales.

En una nota a la Legislatura, el INECIP presentó una serie de propuestas, en línea con las presentadas por
otras organizaciones, asociaciones, organismos judiciales y por los propios legisladores, que permitirían
reformar el Código sin incurrir en reformas inconstitucionales y contraproducentes.

La Legislatura está a tiempo de exigirle al Gobierno una reforma de calidad, en vez de avalar el oportunismo de quienes hace 10 años añoraban volver al “cómodo” e ineficaz sistema inquisitivo, y que ahora aprovecharon la crisis de seguridad para reinstaurar sus arcaicas ideas.