martes, abril 23, 2024

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AGRIMENSURA: Consejo profesional de agrimensura de la provincia de buenos aires. A 15 años de la puesta en vigencia de la Ley 10.707

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Celebremos juntos un nuevo aniversario de la Ley Provincial de Catastro Territorial, hito en el establecimiento de normas sobre el ordenamiento jurídico, valuatorio y geométrico del suelo, y modelo legislativo a nivel nacional, fruto del esfuerzo y dedicación de pioneros de la Agrimensura que lucharon por la seguridad jurídica inmobiliaria de todos los ciudadanos.

A 15 años de una Ley que es modelo para todo el país

El Catastro de la Provincia de Buenos Aires ha evolucionado al punto de convertirse en uno de los mejores del mundo. De eso, no hay duda. Ahora bien, ese logro es producto de un camino que registra un hito que está cumpliendo su 15º aniversario por estas horas: la puesta en vigencia de la Ley provincial 10.707.

La norma establece que para toda transferencia dominial es imprescindible la Constitución del Estado Parcelario, generando así el marco jurídico necesario para alcanzar los objetivos del Catastro, que son: conocer, ordenar, registrar y dar publicidad del estado de hecho del espacio territorial a través de la individualización y caracterización de la propiedad inmueble, desde los aspectos físicos, jurídicos y económicos.

El Consejo Profesional de Agrimensura de la provincia de Buenos Aires (CPA), como entidad paraestatal de derecho público que se ocupa del gobierno de la matrícula de la actividad agrimensural, y con la misión de afianzar esta noble profesión como un factor de estabilidad y progreso para la sociedad, bregó incansablemente, durante

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LA LEY 10.707

La norma que inspiró a la actividad en el resto del país La Ley 10.707, y su importancia en la organización del catastro territorial, se convirtió en el modelo sobre el que se trabajaría a nivel nacional. El esfuerzo de años de intensa lucha, por parte de los Colegios y Consejos profesionales, pero fundamentalmente de la Federación Argentina de Agrimensores (FADA), finalmente rindió sus esperados resultados el 20 de diciembre de 2006 cuando el Honorable Senado Nacional sancionó la Ley Nacional de Catastro 26.209.

Ésta, contempla el marco normativo al que deberá ajustarse el funcionamiento de los catastros territoriales pertenecientes a las diversas jurisdicciones del país; las finalidades de los catastros territoriales; el estado parcelario, su constitución y verificación; la determinación de otros objetos territoriales legales; la certificación catastral; la valuación parcelaria; la creación del Consejo Federal de Catastro; y disposiciones complementarias.

Para las provincias que poseen leyes locales de características similares, esta Ley las reafirma jurídicamente. Y para aquellas que no la poseen, urge necesaria adecuación para cumplimentar los aspectos derivados por la Ley a la normativa local en cada provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Países del Mercosur y algunos de América Latina, toman como referencia esta Ley porque sirve como antecedente valioso en la legislación comparada para transformar catastros meramente tributarios en catastros que contribuyan en la claridad del tráfico inmobiliario.

Queda ahora que, los que forman actualmente la familia de la Agrimensura Argentina, tengamos la grandeza de trabajar responsable y conscientemente para lograr el reconocimiento que esta profesión se merece, aquel con el que soñaron nuestros precursores. Años, hasta ver consolidada esta importante normativa.

La lucha por el objetivo

Fueron muchos quienes desde distintos ámbitos de la actividad pública o privada prestaron su aporte para poner en vigencia la Ley Provincial de Catastro Territorial, que establece la actualización catastral mediante la constitución del Estado Parcelario realizado por un profesional con incumbencia en Agrimensura.

La norma constituyó un hito en lo referente al establecimiento de normas sobre el ordenamiento jurídico, valuatorio y geométrico del suelo, lo que se ha traducido en un notable beneficio para los bonaerenses, pues ha contribuido a mejorar la seguridad jurídica en las operaciones inmobiliarias y una consecuente equidad tributaria, garantizando a su vez los derechos privados de los ciudadanos en sus relaciones entre sí y con el Estado.

Esta ley comenzó a gestarse hace más de 20 años, con el compromiso de muchos profesionales de la Agrimensura que trabajaron arduamente por obtenerla. Cuando finalmente el 27 de octubre de 1988 se convirtió en norma, parecía que todos los esfuerzos mancomunados habían alcanzado su meta, pero el 16 de noviembre de ese año fue vetada por el Poder Ejecutivo Provincial.

Sin embargo, eso no los detuvo: convencidos de las ventajas que la Ley le aportaba a todo el régimen inmobiliario de la Provincia, y defendiendo sus derechos, mantuvieron intacta la lucha.

Durante los seis años que tardó en ponerse en vigencia la normativa, se debatió intensamente en torno a ésta, procurando revertir el veto. Finalmente, gracias a la Ley 11.432, reglamentada por el Decreto 1.736/94, el 17 de octubre de 1994 se puso en vigencia la Ley de Catastro Territorial.

Desde entonces, el Catastro de la Provincia de Buenos Aires ha evolucionado y es ejemplo en el mundo entero, y el Consejo Profesional de Agrimensura ha trabajado sostenidamente por consolidar la labor de quienes con su tarea diaria lo conforman.

En el aniversario de la puesta en vigencia de la Ley 10.707 de Catastro Territorial, el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires celebra este hecho.

One thought on “AGRIMENSURA: Consejo profesional de agrimensura de la provincia de buenos aires. A 15 años de la puesta en vigencia de la Ley 10.707

  1. Necesito saber si se puede comprar un terreno con un familiar para la construcción de una vivienda para cada uno en zona oeste, y subdividirla para tener todo en regla. muchas gracias

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