Organizaciones civiles advierten que la reforma en las designaciones judiciales reduce la participación ciudadana y la diversidad de género
A través del Decreto 467/2026, el Poder Ejecutivo eliminó la instancia de observaciones públicas previas al envío de pliegos al Senado y quitó los criterios de paridad para la Corte Suprema.
Un conjunto de destacadas organizaciones de la sociedad civil emitió un duro documento de alerta ante la reciente modificación de los Decretos 222/03 y 588/03, normativas que desde hacía más de dos décadas regulaban el proceso de nombramiento de jueces, juezas, fiscales y defensores en el ámbito federal.
Según denunciaron, el nuevo Decreto 467/2026 dictado el pasado 16 de junio representa un «retroceso para la participación de la ciudadanía» y «debilita la calidad democrática».
La reforma suprime la ventana temporal en la que cualquier ciudadano u organización podía presentar apoyos u objeciones a los candidatos propuestos por el Presidente antes de que sus pliegos fueran remitidos al Senado.
Esta marcha atrás afectará directamente las designaciones de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, tribunales inferiores, ministerios públicos y defensorías de la Nación.
Los argumentos oficiales bajo la lupa
Para justificar la medida, el Poder Ejecutivo esgrimió dos razones centrales: la necesidad de agilizar los nombramientos y el hecho de que la participación ciudadana ya está garantizada en la posterior etapa del Senado.
No obstante, las entidades civiles rechazaron estos argumentos con firmeza:
- Sobre los plazos: Señalaron que el mecanismo anterior demoraba menos de dos meses, un tiempo «más que razonable» y sensiblemente menor a los habituales retrasos políticos para cubrir vacantes.
- Sobre las etapas: Explicaron que la participación temprana permitía al propio Presidente revisar o ratificar su propuesta antes de involucrar al Congreso, por lo que unificar los momentos desvirtúa la finalidad del proceso.
«Restringir los espacios de intervención de la ciudadanía e incrementar la opacidad en la selección de quienes deben garantizar nuestros derechos daña la confianza en las instituciones», manifestaron en el comunicado.
Alerta por la pérdida de equidad en la Corte Suprema
Otro de los puntos más críticos de la reforma es la eliminación de la obligación de velar por la igualdad de género, especialidad y procedencia regional al postular candidatos para el Máximo Tribunal.
Ante la justificación oficial de que estos criterios no figuran explícitamente en la Constitución Nacional, las organizaciones recordaron que la paridad y la no discriminación están protegidas por tratados internacionales con rango constitucional (artículo 75, inciso 22), como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Un antecedente conflictivo
El documento vincula de forma directa este cambio normativo con la crisis institucional vivida hace dos años. En aquella oportunidad, el Ejecutivo propuso a dos candidatos para la Corte que recibieron impugnaciones masivas por la falta de perspectiva de género.
Tras ignorar las críticas e intentar nombrarlos por decreto, el Senado terminó rechazando explícitamente los pliegos por primera vez en la historia del país.
Para las entidades firmantes, que la respuesta oficial a ese freno institucional sea recortar los controles y la participación ciudadana resulta una señal sumamente «preocupante de cara al futuro».
Organizaciones firmantes: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Amnistía Internacional, Democracia en Red, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Campaña GQUAL.
