Fallo judicial mantiene abiertos centros de estudiantes en cárceles de Devoto y Ezeiza tras planteo de la Procuración Penitenciaria.
Un juez en lo Criminal y Correccional hizo lugar parcialmente a un habeas corpus presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación, dejando sin efecto la resolución del Ministerio de Seguridad que ordenaba el cierre de los centros de estudiantes en las cárceles federales.
La decisión judicial garantiza la continuidad de los centros educativos en los complejos penitenciarios de Devoto y Ezeiza.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 16, a cargo del juez Mariano Iturralde, admitió parcialmente la acción legal interpuesta por la Procuración Penitenciaria tras la Resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad de la Nación, que prohibía el funcionamiento de los centros de estudiantes dentro de los establecimientos penitenciarios federales.
La Procuración Penitenciaria había solicitado la suspensión de la resolución ministerial y de cualquier otra medida que implicara su implementación, incluyendo la modificación de las tareas laborales de los estudiantes asignados al mantenimiento de los espacios universitarios.
En su fallo, el juez Iturralde destacó que «nuestra experiencia indica que, dentro de las instituciones penitenciarias, los centros educativos son los ámbitos más propicios y adecuados para que esas actividades autónomas y complementarias al dictado de clases sean llevadas adelante por los estudiantes. La práctica de la educación superior y su desarrollo exitoso excede, obviamente, el momento del dictado de clases».
La resolución judicial establece que los internos que cursan estudios en los Centros Universitarios de Devoto y Ezeiza deberán ser habilitados a permanecer en dichos espacios durante el tiempo necesario para el estudio autónomo y otras actividades extracurriculares propias de su formación académica.
El magistrado argumentó que una decisión contraria afectaría «de manera irreparable el derecho que se pretende tutelar, pues no puede perderse de vista que actualmente se encuentra en pleno desarrollo el dictado de clases de varias materias a las que asisten los estudiantes privados de su libertad, a quienes corresponde asegurar, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva, que las condiciones en las que cursan sus estudios no se vean alteradas de manera tan drástica».
La sentencia concluyó enfatizando la necesidad de garantizar que «las condiciones en las que cursan sus estudios no se vean alteradas de manera tan drástica como la que aquí se denuncia», señalando la falta de explicación en la resolución ministerial sobre cómo los internos podrían acceder a los espacios y recursos necesarios para su formación ante la prohibición absoluta de permanecer en el sector destinado a actividades académicas y estudio autónomo.