martes, abril 23, 2024

Locales, Opinión

NECOCHEA: Mejor no hablar de ciertas cosas

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Por Horacio Castelli

Esta famosa canción del grupo SUMO, parece quedar muy bien en Necochea, porque hay temas de los que no se hablan, o al menos solo mientras a algunos sectores les interesa y después se ocultan.

Hoy quiero recordar lo que sucede con el Bingo Golden Palace, nombre de fantasía de la empresa Necochea Entretenimientos que regentea ese lugar de juego y que no cumple con la ordenanza vigente y que fue uno de los motivos de la destitución del intendente Horacio Javier Tellechea (FpV).

Los conspicuos concejales que propusieron, votaron, aprobaron y pusieron en funcionamiento una Comisión Investigadora que culminó con la destitución del Jefe Comunal mencionado, desde que se suspendió a Tellechea y asumió el interino José Luis Vidal, no volvieron a interesarse en que se cumpla la ordenanza vigente.

¿Que plantea esta ordenanza?

La ordenanza 6.873/10, indica que la empresa Necochea Entretenimientos S.A. debe abrir sus puertas a partir de las 18 y no desde las 10 de la mañana como viene haciendo desde la asunción de Tellechea y que durante todo el período de Vidal lo continuó haciendo y hoy sigue en la misma tesitura.

La pregunta es que cambió para que al intendente Tellechea se le exigiera el cumplimiento y se lo acusara como falta grave y a Vidal y López esto pase desapercibido.

Incluso existe una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que le da la razón al Municipio y por ende a la resolución votada por el Concejo Deliberante. El mismo Concejo que desde hace más de tres años no dice nada.

Recordemos que la Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó una medida cautelar interpuesta por el Bingo de Necochea en la que pedía «suspender» una ordenanza municipal que limita el horario de funcionamiento de la casa de juegos, informó hoy el supremo tribunal provincial.

La ordenanza y decreto de la municipalidad de Necochea dispuso que el Bingo de esa ciudad balnearia funcione después de las 18 y no desde las 10 de la mañana como pretendía la empresa.

La resolución de la Corte Suprema de Justicia bonaerense fue dictada en el marco de una demanda presentada por la firma «Necochea Entretenimientos S.A.», en la que pide la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas.

La empresa sostuvo que se estaban afectando sus derechos «de propiedad y los principios de igualdad, razonabilidad y legalidad» fijados en la Constitución provincial.

Sin embargo, el máximo tribunal bonaerense afirmó que no se acreditó, hasta el momento, la verosimilitud del derecho invocado en la demanda y por ello se tornó innecesario el análisis del peligro en la demora alegado.

«La mera comprobación de que la Constitución de la Provincia contiene una disposición como la del artículo 37, que consagra una serie de principios y reglas en materia de juegos de azar, no es bastante como para tener por configurado en el caso el requisito mencionado», dice el fallo.

«Tampoco lo es ­se agrega­ que la Provincia haya dictado una ley que regula el juego de ‘Lotería Familiar’, ‘Lotería Familiar Gigante’ o ‘Bingo’ y que, al reglamentarla, el Poder Ejecutivo haya determinado que la autoridad de aplicación tenga competencia para fijar, con carácter general, el horario de funcionamiento de las salas».

La compañía adujo que corresponde a la provincia y no a los municipios establecer, entre otros aspectos, el horario de funcionamiento de las casas de juegos de azar.

Los jueces del supremo Tribunal señalaron en el fallo que la constitución provincial «puso a cargo de las comunas, entre otras, cuestiones atinentes a la salubridad pública y las facultó para dictar ordenanzas y reglamentos vinculados con esa atribución».