miércoles, abril 24, 2024

Justicia, Nacionales

NEGLIGENCIA: Condenado por el choque en la ruta que generaron sus vacas

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La Justicia de La Pampa sentenció a tres años de prisión condicional a un productor agropecuario por ser el propietario de los animales que provocaron un accidente vial. Para los magistrados, el acusado no arregló el alambrado, “pese a tener sobrados y vastos conocimientos adquiridos». Fallo completo.

La Cámara en lo Criminal Nº 1 de Santa Rosa, integrada por los magistrados Alejandra Flavia Ongaro, Elvira Rossetti de Gonzalez y Miguel Ángel Gavazza condenó a un hombre “como autor material y penalmente responsable de los delitos de Homicidio Culposo, Lesiones Graves Culposas y Lesiones Gravísimas Culposas, en Concurso Ideal (arts. 84; 94, primer párrafo; en rel a los arts. 90; 91 y 54 del C.P., a la Pena de tres años de prisión de ejecución condicional (art. 26 del C.P.)”.

El Fiscal General, Jorge Marcelo Amado relató que cuando el vehículo que “circulaba por la Ruta Provincial Nº 1, junto a 5 personas más, se le cruzan dos animales vacunos, que obliga a la conductora a realizar una maniobra de esquive, de inmediato pasa al otro carril donde se encuentra con un tercer animal, esta maniobra le hace perder el control del vehículo, el que como consecuencia, vuelca y se produce el fallecimiento de dos personas”.

“Ahora bien, se ha determinado que la conductora no ha tenido responsabilidad en la producción de este accidente y que en realidad lo que sucedió fue que estos animales se convirtieron en un obstáculo insalvable para la conductora; esta última no cometió ninguna infracción o actitud negligente que pudiera”, expresó el Fiscal.

El art. 25 de la Ley Nacional de Tránsito “obliga a los propietarios lindantes a la ruta a tener los alambrados en perfecto estado para evitar que los animales salgan del campo y provoquen siniestros tal como el que ha motivado esta causa”. En este sentido, el art. 48 de la misma Ley “regula la prohibición de dejar animales sueltos en los espacios públicos”.

De esta forma, el Fiscal General que el acusado “actuó de manera negligente, al no asegurarse que el alambre perimetral estuviera en las perfectas condiciones que tenía que estar y eso produjo que animales que eran de su propiedad salieran de su campo y cruzaran la ruta y produjeran este accidente que le costó la vida a dos personas y le produjo lesiones graves y gravísimas a otras dos; la causa eficiente del resultado fueron los animales, pero la responsabilidad objetiva e indirecta es del señor Ziliotto”.

Para los sentenciantes, la responsabilidad penal de lo ocurrido “debe ser atribuida a Lorenzo Alberto Ziliotto, propietario de un predio rural ubicado en zona lindante al lugar mismo del accidente, predio desde donde salieron hacia la ruta los animales que se interpusieron en la marcha del rodado; predio al que retornaron esos mismos animales, a posteriori del accidente”.

“Diremos que el hecho de que los animales salieran del predio, subieran a la cinta asfáltica, e inmediatamente a ello se interpusieran en la marcha de un vehículo que circulaba en forma reglamentaria, fue una circunstancia muy lejos de ser extraordinaria e imprevisible para el dueño de ese campo. Por el contrario, se trató de una posibilidad cierta, real, y por demás ordinaria, de allí que -insistimos- pudo y debió haber sido objeto de previsibilidad de parte del dueño del predio”.

En esta línea argumental, los sentenciantes consignaron que “pese a tener sobrados y vastos conocimientos adquiridos durante su larga trayectoria como productor agropecuario, no los actualizó debidamente, lo que llevó a que no se representara los resultados fatales y graves finalmente producidos”.

“Conducta que debe ser reprochada penalmente, radica en que el predio rural en cuestión, no tenía al momento del suceso y en un tramo de aproximadamente diez metros, el respectivo alambrado”, agregó el fallo. De esta forma, los magistrados explicaron que “en su reemplazo, el dueño del campo había colocado, como una protección alternativa, altamente falible, un boyero eléctrico que al momento del suceso se encontraba sin funcionamiento”.

“Ese tramo que rodeaba el campo, sin alambre y con un boyero eléctrico sin funcionar, fue el lugar por el que precisamente salieron tres de los animales vacunos propiedad del nombrado, en dirección a la ruta y el lugar por el que retornaron, luego de ser el obstáculo en la marcha del rodado que terminó con un vuelco y con los resultados gravemente dañosos antes descriptos”, añadieron.