martes, abril 16, 2024

Locales

ENCUENTRO Nacional de Igualdad de Oportunidades con la presencia del Dr. Gastón Guarracino

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Invitado por la Caja de Previsión Social para Abogados, el Viceministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Gastón Guarracino, participo de la apertura del Encuentro Nacional de Igualdad de Oportunidades para personas con Discapacidad, orientado centralmente a abogados discapacitados. Las palabras de apertura estuvieron a cargo del Presidente de la Caja de Previsión Social de Abogados, Dr. Héctor Pérez Catella y del funcionario de la cartera laboral.

Las conclusiones principales del encuentro son las siguientes:

Nuestro ordenamiento jurídico sobre discapacidad es uno de los más avanzados, completos y abarcativos en comparación con otros países.

Contamos con una basta legislación que ampara en forma integral las necesidades, los derechos y la asistencia de las personas con discapacidad; sin embargo, a pesar de lo expuesto, lamentablemente en forma asidua los obligados no responden de manera favorable cuando una persona con discapacidad les reclama la cobertura médico asistencial que necesita conforme a su patología.

Debido a ello, se ha producido en estos últimos años una judicialización notoria de la salud, provocada por la interposición de una gran cantidad de acciones de amparo, para obtener en sede judicial la protección y salvaguarda de derechos humanos fundamentales, como lo son el derecho a la salud, a la integridad física y a una vida digna, que de otra manera no son contemplados por quienes la ley y la jurisprudencia sindican como responsables de su cumplimiento.

El amparo aparece como una herramienta fundamental que posibilita la inmediatez en el acceso a la prestación que requiera la persona con discapacidad y que pone fin a la violación de derechos fundamentales.

No obstante, dicha herramienta debe ser utilizada por los profesionales de forma responsable y diligente, luego de analizar cada caso en particular, con la seguridad de que se trata de la vía más adecuada para resguardar el derecho que se intenta proteger.

Se propone considerar al Instituto de la Mediación como una alternativa opcional, por ser un mecanismo que en determinados casos puede utilizarse de manera inmediata con resultados satisfactorios.

Así también, con el fin de que todas las personas puedan conocer los medios a los cuales pueden recurrir en protección de sus derechos, se propone instar a los Colegios Departamentales de la Provincia de Buenos Aires a efectos de que a través de los Consultorios Jurídicos gratuitos se asesore claramente a aquellas personas con discapacidad que acuden a los mismos buscando asistencia, otorgándoles en forma completa toda la información que requiera el tema, y patrocinándolos en caso de ser necesaria la interposición de una acción de amparo.

También se abordo la temática de Accesibilidad, tanto física eliminando barreras arquitectónicas; comunicacional adaptando la señalización a todo tipo de discapacidad y cultural por ejemplo a través de maquetas táctiles para que la persona tenga acceso al reconocimiento del patrimonio cultural.

Para lograr la integración escolar, la escuela debe ser concebida como una institución abierta a la diversidad desarrolladora, que a la vez que socializa, garantiza la atención diferenciada y personalizada como respuesta a las necesidades educativas de sus alumnos, incluyendo las más complejas o especiales (sensoriales, motores, verbales, intelectuales) o aquellas determinadas por carencias del entorno socio familiar. Dejando aclarado que en el ámbito familiar debe surgir sin interferencias ni imposiciones el modelo de educación o enseñanzas que los padres deseen para sus hijos. El estado mientras tanto solo debe garantizar que ese modelo de educación deseado se encuentre a disposición de todos los habitantes.

Para llevar a la práctica la integración en la escuela común, deben darse ciertas condiciones:

 Una legislación que avale y garantice los derechos y deberes de las personas con necesidades educativas especiales;

 El cambio de actitud de la población en lo que refiere a su voluntad integradora;

 La formación especial de maestros y profesores;

 La limitación de la masividad en las aulas;

 El fortalecimiento de la autonomía y autoridad de la escuela;

 El incremento del apoyo a la escuela y condiciones de acceso al currículo y participación activa de la familia;

 Contar con adaptaciones curriculares que posibiliten una planificación educativa individual y su correspondiente sistema de evaluación;

 Generar el cambio en el imaginario social, ante una experiencia de integración que plantea pensar en la diferencia y la diversidad;

 Conformar equipos interdisciplinarios;

 La prevención e identificación de las necesidades educativas especiales de todos los alumnos, su evaluación, intervención y seguimiento, apoyando siempre las cualidades;

 La ampliación de la cobertura en educación común para alumnos con necesidades educativas especiales;

 La Investigación de los contextos de influencia para producir desarrollos curriculares, materiales de trabajo y estrategias específicas;

 El establecimiento de canales de comunicación, consulta, información y apoyo a padres;

 El relevo y coordinación de recursos comunitarios, personales e institucionales, fomentando el sentido cohesivo de la comunidad, la aceptación de las diferencias y la respuesta a las necesidades individuales;

 El ofrecerse como centro de recursos, información y asesoramiento para toda la comunidad de influencia, fortaleciendo así su presencia en la comunidad para potenciar sus logros, y estimulando las relaciones creativas y comprometidas;

 Provisión de equipos auxiliares de apoyo técnico o material y otros;

 Organizar la enseñanza en función de las necesidades del alumno superando la discapacidad;

Integración del alumno con discapacidades físicas a la actividad deportiva escolar y social. Apoyo legislativo». Se refiere al derecho a realizar deportes por aquellas personas que padezcan discapacidades físicas, que si bien pueden producir algunas dificultades para la práctica de deportes, no la impidan totalmente, y siempre y cuando la discapacidad no esté asociada a alguna enfermedad que limite y/o prohíba la realización de actividad física general.

El presente trabajo pretende liberar y estimular a los profesores de educación física a la inclusión de los alumnos con dificultades limitantes, en la práctica diaria de la escuela. La reglamentación debe garantizarles inmunidad respecto de las responsabilidades profesionales y/o jurídicas que accidentes y/o dificultades puedan acarrearle.

Se sostiene que en ningún aula debiera dejarse de lado a ningún alumno por supuestas falencias o carencias de aptitudes para la práctica de algún deporte. Solo a nivel profesional o amateur voluntario, se puede producir la selección debida a mayores aptitudes. Para ello debe sancionarse una reglamentación que autorice, permita y hasta aliente a que cada profesor de educación física, lejos de amedrentarse ante la presencia de algún alumno con discapacidad disminutiva física, pretenda su inclusión voluntaria dentro de las actividades normales de la clase.

El proyecto de Reglamentación propuesto es: «Realización de actividades deportivas del alumno discapacitado: Liberación de Responsabilidad del Profesor: Los profesores de Educación Física que permitan que sus alumnos con discapacidades físicas realicen

actividades junto a los demás, quedarán relevados de responsabilidades administrativas y/o judiciales respecto de los daños a producirse y/o generarse debido a la actividad mencionada, si cumplieran con las siguientes premisas:

a) Requerir habilitación médica para la realización de actividad física;

b) Informar de la actividad a desarrollar con el alumno a principio de cada año lectivo;

c) Requerir la aceptación voluntaria de los padres del alumno y del mismo.»