sábado, abril 20, 2024

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JUNIN: Fallo judicial reglamenta pasaje gratuito para discapacitados

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La Cámara Civil y Comercial de Junín dejó sin efecto un amparo que obligaba a dar en forma ilimitada pasajes gratuitos a discapacitados, argumentando que la legislación vigente sólo autoriza a expedir un pasaje sin costo alguno en unidades de hasta 54 asientos, como es el caso del transporte de media y larga distancia.

De esta manera, se hizo lugar a una apelación presentada por la empresa Transportes Automotor La Estrella S.A. que, por una resolución judicial de primera instancia, estaba obligada a otorgar pasajes gratuitos a una vecina discapacitada de Junín más allá de los requisitos establecidos en un decreto 1984 del año 2006.

Esa norma, al decir del fallo, modificó la obligación legal de expedir los pasajes gratuitamente y sin límite alguno, y establece que para cada servicio la obligación se limitará a una plaza para discapacitado y una para acompañante en unidades con hasta 54 asientos y de dos si la capacidad fuera mayor.

De no existir disponibilidad de plazas, la empresa está obligada, por ese mismo decreto, a reservar al solicitante un pasaje en el primer servicio inmediato posterior siempre que se respeten los cupos establecidos en el decreto 1984/2006.

Además, la Cámara Civil departamental, integrada por los jueces Patricio Rozas, Ricardo Castro Durán y Juan Guardiola, reconoció que es obligatoria la presentación de una credencial habilitante expedida por la Dirección Provincial de Transporte para recibir pasajes gratuitos, tal cual lo establece la vigencia de la ley 10592.

«Teniendo en cuenta esta última disposición reglamentaria, y que la actora basa su denuncia en que la empresa demandada no le otorga pasajes gratuitos a pesar de la presentación del certificado de discapacidad, forzoso resulta concluir en que no estamos ante un acto que lesione derechos o garantías constitucionales con ilegalidad o arbitrariedad manifiestas, lo que sella negativamente la suerte del amparo», se afirmó en la sentencia.

Cabe recordar que la apelación se produjo sobre un amparo obtenido en primera instancia, mediante el cual una vecina había obtenido la expedición gratuita de pasajes más allá de la disponibilidad que pudiera tener la empresa en sus servicios de larga distancia.

El amparo había sido resuelto a favor de la vecina Olga Alzamendi mediante la resolución de la jueza del fuero civil, Laura Panizza, el 28 de junio último.