Se envió una nota solicitando se avoque el Intendente Daniel Molina, dado que su Secretario de Gobierno, Mario Diez, sistemáticamente ha desconocido nuestra agrupación, cuando en realidad estamos reconocidos como Entidad de Bien Público por Decreto N° 1734/09, expresan los integrantes del Sindicato de Guardavidas y Carperos SIGUCA.
La solicitud es simple: se cite a audiencia conciliatoria a las dos agrupaciones de Guardavidas, a fin de que la que lidera Di Russo, transparente el orden de la Bolsa de Trabajo.
Por otra parte, el lunes será la tercera audiencia en el Ministerio de Trabajo, y en caso de no llegar a un acuerdo, se solicitará Conciliación Obligatoria, otorgando derecho para aplicar medidas de acción directa.
Al Sr. Intendente de la
MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA
Dr. Daniel MOLINA
SE AVOQUE AL EXPEDIENTE Nª 5588/09.
Necochea, 4 de DICIEMBRE de 2009.
Quien suscribe la presente, en carácter de Secretario General del SINDICATO DE GUARDAVIDAS Y AFINES DE NECOCHEA–QUEQUÉN, con domicilio procesal en calle 44 Nª 3122 de la ciudad de Necochea, en Expediente Administrativo 5588/09 venimos por el presente, en representación de la misma a solicitar lo siguiente:
I.- SOLICITA AVOCACIÓN:
Que la Entidad a la cual representamos, fue constituída el día 11 de marzo de 2009, y en donde en la actualidad, la aprobación de su Personería Jurídica se encuentra tramitando en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Solicitamos que Vta. Autoridad se avoque en el presente expediente, atento que el Secretario de Gobierno sistemáticamente ha restringido nuestro derecho a peticionar, como asimismo a desconocer nuestra agrupación, recordándole que fuimos reconocidos como Entidad de Bien Público Decreto 1734/ 09 del día 17/ 9 / 2009.
II.- OBJETO:
El objeto de la presente, fue solicitar hace dos meses que sean incorporados a la Lista de empleados temporarios municipales o en su caso a alguno de los Concesionarios de los Balnearios, ello conforme art. 6 y 7 de la Ordenanza 6446/08, para la próxima temporada de verano 2009-2010, a los Sres. _____________y ____________( no ponemos los nombres por reserva de identidad ), ambos de la ciudad de Necochea.
III.- BOLSA DE TRABAJO:
Que la Bolsa de trabajo para justamente acceder al empleo la maneja monopólicamente la Asociación de Guardavidas de Necochea-Quequén (A.G.N.Q.).
Que si bien, por las dos personas que venimos a presentarnos dejaron de ser afiliados a aquélla entidad, la misma, hoy funciona como una empresa de servicios, donde coloca guardavidas en la costa. La misma violó el orden de prioridad de aquéllos, y por ello, hoy se encentran privados de manera absoluta del derecho a trabajar (arts. 14 y 14 bis .C. Nacional).
III.- AUDIENCIA CONCILIATORIA:
Que en más de una oportunidad, hemos solicitado al Secretario de Gobierno una audiencia conciliatoria entre las dos Entidades Sindicales, a fin de que la AG.N.Q., presente de manera transparente, el listado de todos los aspirantes a trabajar a las playas de Necochea.
Evidentemente, el Sr. Secretario de Gobierno violó el acceso irrestricto a peticionar, el ejercicio de la libertad sindical, el derecho a trabajar, y a subestimar manifiestamente un problema que atenta contra un Servicio Público Esencial, como es el de Guardavidas.
Cito para ello el art. 15 Cont. Provincial, Convenios Nª 87, 98 y 154 de la O.I.T y art. 8 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, donde se establece expresamente que “las autoridades públicas y los empleadores no pueden intervenir, limitar, o cercenar e ejercicio de las actividades legales de los sindicatos”
Además, hemos sido reconocidos por Vta. Autoridad como Entidad de Bien Público por Decreto 1734/ 09.
Por ello, estimamos que solamente se resuelve el problema planteado, presentando la A.G.N.Q., por declaración jurada, listado de Guardavidas anotados en la Bolsa de Trabajo, con orden de prioridad, en especial de nuestros dos afiliados.
IV.- MINISTERIO DE TRABAJO:
Le informamos que se encuentra tramitando en el ámbito del Ministerio de Trabajo expediente Nª 21.531-9448/09, en el cual, en caso de no llegar a un acuerdo, se dictará conciliación obligatoria, respecto de un Servicio Público, que se encuentra en cabeza de la Municipalidad de Necochea, comenzando con medidas de acción directa.
V.- PETITORIO:
Por lo expuesto, solicitamos:
a) Se nos tenga por presentado.
b) Se avoque al presente expediente.
c) Se cite a audiencia conciliatoria.
PROVEER DE CONFORMIDAD, QUE SERÁ JUSTICIA.