La pena recayó sobre Lucas Damián Villafañe (34), quien manejaba de manera imprudente, tras consumir alcohol, sin la licencia obligatoria y también se fugó del lugar de los hechos
El motociclista que manejaba de manera imprudente, con alcohol en sangre y sin licencia, atropelló y mató a un menor de 15 años en la madrugada del 1º de enero de 2022, y fue condenado a tres años y ocho meses de prisión, de efectivo cumplimiento.
Además, se lo inhabilitó para conducir cualquier tipo de vehículo durante cinco años, según se indica en el fallo en primera instancia que se conoció el miércoles.
La pena recayó en Lucas Damián Villafañe (34), quien permanece preso en la Unidad Penal Nº 15, de Batán, y fue declarado además “reincidente” por la Justicia, ya que contaba con otra sentencia por un “robo agravado”.
El caso se resolvió mediante un trámite de juicio abreviado, donde la Fiscalía y la Defensoría Oficial, acordaron el castigo para el motociclista que también se fugó luego de protagonizar el siniestro vial en la avenida 91 entre 54 y 56.
El juez Ernesto Juliano, titular del Juzgado Correccional Nº 1, admitió el acuerdo alcanzado por las partes y dictó la sentencia en contra de Villafañe, quien fue hallado penalmente responsable del delito de “homicidio culposo doblemente agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por haberse dado a la fuga”.
Cabe agregar, que conforme a lo informado por el personal de la División Tránsito de la Municipalidad, el 1° de enero de 2022, al momento de la comisión del hecho, Lucas Damián Villafañe, no poseía la licencia de conducir.
En consecuencia, para la Justicia, el motociclista “se encontraba en franca violación de la Ley de Tránsito 24.449/94”.
En la resolución del Juzgado Correccional, a la que tuvo acceso Ecos Diarios, se tuvo en cuenta el informe de antecedentes personales, donde el Tribunal Oral Criminal Nº 1, también condenó a Villafañe en marzo del 2015, a la pena única de cinco años y seis meses de prisión por el delito de “robo agravado, por su comisión con efracción”, donde se le impuso la aplicación del sistema vicarial.
Cabe acotar que en el marco de los antecedentes penales de Villafañe, el 22 de julio de 2015, se declaró “la rebeldía” del causante y se libró la correspondiente orden de captura, en razón que individuo se retiró de la Asociación Civil Remar, lugar donde cumplía la pena impuesta.
En ese sentido, una vez habido el causante fue alojado en la Unidad Penal Nº 15, de Batán, recibiendo por consiguiente el tratamiento penitenciario y ahora debe cumplir con la otra condena de tres años y ocho meses de cárcel por atropellar y matar al menor Hernán Merlo, de tan sólo 15 años.
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