lunes, noviembre 25, 2024

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JUSTICIA: Es ilegal cobrar la Cuota Capital en las facturas de luz

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Así lo dispuso la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, dictando sentencia en el marco de un amparo colectivo en la causa “Ogallar Luis Gustavo c/ Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos y otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, de Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano”.

Por supuesto, esto tienen alcance a todas las cooperativas eléctricas de la provincia de Buenos Aires, incluyendo a la Cooperativa Eléctrica “Sebastián de María” de Necochea, que viene cobrando esta cuota ilegal desde hace décadas.

El Poder Judicial sentenció que la facturación de la cuota capital dentro de las propias facturas por suministro eléctrico que produce la Cooperativa es totalmente ilegal, en tanto se incumple con lo estipulado por el artículo 78 de la ley 11.769, ya que no existe autorización individual y expresa de los usuarios del servicio para cobrar la cuota capital, no existe la correspondiente aprobación del OCEBA y no se les permite a los usuarios el pago por separado de los importes devengados exclusivamente por el consumo del suministro eléctrico.

Cabe mencionar que en primera instancia se pronunció la doctora Alejandra Manis, del Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial Necochea, quien hizo lugar a la acción de amparo en cuestión y condenó a la Cooperativa “a que se abstenga de incluir en el suministro de energía eléctrica el concepto ‘cuota capital’, o cualquier otro en la facturación por concepto ajeno que con diferente denominación procure el cobro del adicional cuestionado, ello hasta tanto dé acabado cumplimiento con lo establecido en el artículo 78 de la ley 11.769”.

Y que la concesionaria del servicio público de Electricidad del partido de San Cayetano “se abstenga de incluir en todas las facturas que emita, conceptos ajenos al consumo eléctrico, especialmente se abstenga se cobrar el concepto cuota capital o cualquier otro que con diferente denominación procure el cobro del adicional indicado”.

En lo que hace específicamente al rubro cuota capital, “se solicita se ordene su facturación en cupones separados y que el pago por dicho concepto sea absolutamente voluntario para los usuarios del servicio de electricidad sin que la negativa en el pago pueda ser causal de corte de servicio”.

Por otra parte, invoca “representación colectiva, manifestando que la presente acción es promovida no sólo por el amparista sino en representación de todo el colectivo afectado el que puede legítimamente representar”.

El doctor Schmidt aseveró que “efectivamente la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata ratificó la sentencia de la doctora Manis, que obliga a la Cooperativa Eléctrica de San Cayetano abstenerse de incluir en todas las facturas de luz que emite el cobro de la cuota capital”.

Asimismo, acotó que, si bien la cooperativa cuenta con un determinado plazo “para recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, independientemente de ello debe cumplir con lo sentenciado, en tanto la interposición de dicho recurso no suspende en modo alguno la ejecución de lo resuelto”.

Pese a ello, el letrado aseguró que “sin embargo a la fecha, la Cooperativa está incumpliendo la manda judicial y continúa emitiendo la facturación incluyendo el rubro cuestionado. Por lo tanto, la totalidad de los usuarios están siendo constreñidos a pagar un concepto que la justicia declaró ilegal en su cobro por no cumplirse con lo dispuesto en el artículo 78 de la ley 11.769, desacatando claramente la orden judicial”.

FUENTE: La voz del pueblo

One thought on “JUSTICIA: Es ilegal cobrar la Cuota Capital en las facturas de luz

  1. Y los consejeros de la Sebastián de María cumplirán con el fallo??? Ver para creer. Difícil se hagan eco en algo que pueda beneficiar a la comunidad en desmedro de sus bolsillos

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