Justicia, Nacionales

AYUDÍN: Causa $Libra sin querellantes

Sharing is caring!

El juez Martínez de Giorgi apartó a los querellantes y la investigación por presunta estafa entra en un terreno crítico

El magistrado hizo lugar al planteo del lobbista Mauricio Novelli. Sostuvo que el token —promocionado en su momento por el presidente Javier Milei— es una «memecoin» y que las pérdidas responden al riesgo del mercado. La investigación penal queda exclusivamente en manos de un fiscal cuestionado.

En un giro determinante para la investigación por la presunta estafa millonaria detrás de la criptomoneda $LIBRA, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió apartar a la totalidad de los querellantes de la causa.

Con esta medida, el magistrado accedió formalmente al pedido de la defensa del lobbista Mauricio Novelli, debilitando la principal hipótesis de los damnificados, quienes ya adelantaron que apelarán la resolución.

El fallo se alinea con el argumento presentado el mes pasado por la defensa de Novelli. Según informaron fuentes judiciales a la Agencia Noticias Argentinas, el lobbista sostuvo que en el caso de $LIBRA no se configura la secuencia típica que el Código Penal exige para el delito de estafa: ardid, error, disposición patrimonial y perjuicio. Para la defensa, quienes compraron el activo no son «particulares ofendidos», sino inversores que asumieron un mercado de alto riesgo.

Los fundamentos del juez: «Memecoin» y el anonimato de la red Solana

Para justificar la exclusión de los damnificados, Martínez de Giorgi definió a $LIBRA como una «memecoin», es decir, un criptoactivo creado originalmente a modo de broma y caracterizado por una volatilidad extrema.

En su escrito, el juez determinó que el desplome del token —que ocurrió a los pocos minutos de haber sido promocionado por el presidente Javier Milei en sus redes sociales— se debió a riesgos inherentes al propio mercado financiero y no a una maniobra delictiva.

Asimismo, el magistrado sumó un argumento técnico basado en la naturaleza de la red Solana, la plataforma blockchain utilizada para emitir $LIBRA:

  • Falta de acreditación: El juez señaló que, debido al carácter anónimo de estas transacciones, los denunciantes no pudieron demostrar de manera fehaciente ser los titulares de las billeteras virtuales afectadas.
  • Origen de los fondos: Tampoco se logró determinar el origen del dinero invertido.
  • Fallo precedente: «Las constancias aportadas resultan indiciarias, pero no determinantes ni consistentes para establecer su titularidad», dictaminó Martínez de Giorgi. Bajo este mismo criterio, ya se había rechazado previamente la incorporación de dos damnificados de origen bielorruso.

Una causa que pende de un hilo y la sombra de la polémica política

La resolución judicial desplaza de forma directa a los damnificados Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, quienes se agrupaban en dos querellas diferenciadas.

A partir de este fallo, los afectados pierden toda capacidad jurídica para:

  • Solicitar nuevas medidas de prueba.
  • Insistir con los llamados a declaración indagatoria.
  • Incidir directamente en el rumbo del expediente.

Consecuencia directa: El avance de la causa penal queda ahora bajo la responsabilidad exclusiva del fiscal Eduardo Taiano. La gestión de Taiano viene siendo severamente cuestionada por los damnificados debido a los nulos avances en el expediente: en un año y medio de investigación, todavía no citó a declarar a ninguno de los involucrados.

El fallo de Martínez de Giorgi se produce, además, en un contexto de fuerte sensibilidad política. El magistrado estuvo bajo el foco público luego de que el Poder Ejecutivo propusiera a su esposa, Ana María Cristina Juan, para ocupar un juzgado federal en la localidad bonaerense de Hurlingham. Si bien el pliego ya obtuvo el aval del Senado de la Nación, su designación final solo resta ser oficializada mediante su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *