domingo, octubre 06, 2024

Generales, Locales

FACTURAS: No se modifica la inclusión de tasas

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El gobierno de Javier Milei prohibió el cobro de tasas municipales en servicios públicos, pero el Organismo de Control de la Energía bonaerense (Oceba) aclaró que, en la provincia de Buenos Aires, las empresas distribuidoras están habilitadas a incluir conceptos ajenos al de electricidad en las liquidaciones mensuales.

Esto se debe a que una resolución de una secretaría nacional no puede ir por encima de una ley provincial, y la Ley provincial 11.769 regula la inclusión de conceptos ajenos en las facturas.

Las cooperativas del interior podrán seguir cobrando las tasas municipales en las facturas, pero los intendentes del conurbano no podrán hacerlo.

La resolución nacional 267/2024 restringe la posibilidad de aplicar recargos en las liquidaciones que envían las empresas de servicio a sus clientes, y solo permite incluir la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor.

El Oceba regula los contratos con las compañías Eden, Edes, Edea, y Edelap, y también con las más de 200 cooperativas eléctricas que operan en el interior bonaerense.

La ley 10.740 de la provincia de Buenos Aires, sancionada en 1991, habilita a los municipios a convenir con las distribuidoras la percepción de la tasa de alumbrado en las facturas de luz.