El Gobierno bonaerense finalmente oficializó la creación de asignaciones a municipios para el pago de una suma extra a sus empleados. El monto asciende a $4.000.000.000 y será ampliable a $8.000.000.000. Todos los detalles.
El gobernador Axel Kicillof dio luz verde para la creación del «Fondo Especial de Asignaciones Extraordinarias Salariales para Municipios» para que los trabajadores municipales puedan cobrar el bono anunciado por el Gobierno nacional. De esta manera, luego de las presiones, los intendentes podrán pagar la suma extra.
Por medio del decreto Nº 1610/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo creó el fondo «con el objetivo de coadyuvar a los Municipios de la Provincia para el pago de una asignación no remunerativa extraordinaria para los/as trabajadores/as municipales».
La normativa, también lleva las firmas del Jefe de Gabinete, Martín Insaurralde, y del ministro de Hacienda y Finanzas, Pablo López.
Asimismo, la medida será costeada con «recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y/o cualquier otra fuente que al efecto determine la Autoridad de Aplicación, por hasta la suma de pesos cuatro mil millones ($4.000.000.000).
En tanto, se resolvió «facultar a la Autoridad de Aplicación del presente, cuando las circunstancias así lo ameriten, a ampliar el monto consignado precedentemente hasta la suma de pesos ocho mil millones ($8.000.000.000) en total».
Entre otros de los puntos resueltos, el Gobierno estableció que los recursos serán efectuados «a solicitud del Municipio, debiendo ser suscripta por el/la Intendente/a y por el/la Contador/a Municipal.
En la misma se deberá consignar el monto total que implica el pago de la asignación no remunerativa extraordinaria, en los términos estipulados a nivel nacional, acompañando una Declaración Jurada que justifique la suma informada, en la cual se indique la cantidad de agentes municipales que quedarían alcanzados/as como beneficiarios/as y los valores de la asignación».
A su vez, las asistencias financieras «serán de hasta el cincuenta por ciento (50 %) del monto informado por el Municipio» y se aclaró que «a Autoridad de Aplicación no podrá determinar, para cada solicitud, montos de asistencias que superen el cincuenta por ciento (50 %) del resultado que surja de multiplicar la cantidad de agentes municipales con haberes sujetos a aportes, por pesos treinta mil ($30.000)».
Las ayudas serán reembolsables y bajo las siguientes condiciones:
Plazo de devolución: los montos otorgados a los Municipios deberán ser reintegrados a la Provincia en los meses de noviembre y/o diciembre de 2023.
No devengarán intereses ni gastos administrativos de ninguna índole.
Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de reembolso, el Municipio, en su solicitud, deberá autorizar expresamente al Ministerio de Hacienda y Finanzas a retener de los recursos que le correspondan por el Régimen de Coparticipación de Impuestos establecido en la Ley N° 10.559 y sus modificatorias, los montos que resulten en función de la ayuda financiera otorgada.
Finalmente, se ordenó que los Municipios deberán destinar exclusivamente los fondos transferidos al pago de asignaciones no remunerativas extraordinarias para los empleados municipales, quedando bajo control del Honorable Tribunal de Cuentas su correcta utilización,