viernes, marzo 29, 2024

Justicia, Nacionales

Hipotecados UVA: La justicia a favor de las familias

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Se ha dictado una medida cautelar innovativa a favor de tomadores de créditos UVAS dictada por la Dra. Carmen Helena Carbone, a cargo del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 6 de Posadas, Misiones, a partir de una demanda interpuesta por el Dr. José Bernardo Díaz.

La medida cautelar establece como TOPE DE CUOTA el 25% de los ingresos NETOS –de bolsillo- de los actores hasta tanto se resuelva la demanda principal de revisión contractual, y durante un período de negociación de 90 días entre el banco y los tomadores del crédito.

Es de destacar la CELERIDAD JUDICIAL del aludido Juzgado, puesto que en una semana la Jueza resolvió de forma MUY expeditiva.

Se resguardan de los derechos y garantías constitucionales y en los tratados internacionales con tal jerarquía, a efectos de proteger los derechos de los accionantes y sus familias.

La jueza ha dicho que: Es el norte que da sentido a las disposiciones cautelares expuestas, teniendo como relevante que se trata de la vivienda, sede de unión y habitación, de desarrollo y crecimiento del núcleo básico de nuestra sociedad, “la familia”.

Hace mención a las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor (cfme. Resolución N° 70/186 de la AG, 22/12/2015) que establecen, en su parte pertinente, que “[l]os Estados Miembros deben, según proceda, establecer o fomentar:

a) Políticas para la regulación y la aplicación efectiva de las normas en el ámbito de la protección del consumidor de servicios financieros […] f) La actuación responsable de los proveedores de servicios financieros y sus agentes autorizados, en particular en lo que respecta a la concesión responsable de préstamos y la venta de productos que se ajusten a las necesidades y los medios del consumidor…” (art. 66).

 Asimismo, establece la resolución: El impacto de las variaciones de los precios, en todos los aspectos, en las economías familiares de los consumidores durante y después de la pandemia estará, sin dudas, atravesado por el sobreendeudamiento; y en este sentido las respuestas deberán construirse sobre pautas de equidad.

Se tiene en cuenta entonces el desfase entre las previsiones inflacionarias proyectadas por el gobierno al tiempo de lanzarse al mercado los créditos UVA y la evolución real que tuvieron en el país los índices de inflación.

Las deudas deben ser pagadas, más ello no puede implicar que lo sea a cualquier costo, y surge relevante el caso como el que nos ocupa, en que el Estado promocionó la contratación de los créditos UVA, con importante propaganda de beneficios, lo que se traduce ahora en una realidad distinta a la propugnada y a la actualidad económica, que en forma decisiva recae en la actividad de las entidades financieras.