martes, abril 23, 2024

Nacionales

LOS SUPERPODERES ya fueron publicados en el Boletín Oficial

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Este lunes se oficializó la renovación de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo Nacional. Por otra parte todavía esta pendiente la sanción del proyecto de reasignación presupuestaria –también del oficialismo- que ya produjo la primer denuncia en la Justicia Federal por traición a la patria. El mismo día que vencía la ley que había otorgado las facultades delegadas (Ley Nº 26.519), se publicó en el Boletín Oficial, la renovación de aquellas por un año más. Es decir que durante este nuevo período el Poder Legislativo le delega al Ejecutivo Nacional la potestad sobre “materias determinadas de administración o situaciones de emergencia pública”.

Hay, sin embargo, algunos puntos diferenciales con respecto al procedimiento que se venía adoptando para estas delegaciones. Entre ellas, sólo el titular del Ejecutivo y el Jefe de Gabinete podrán ejercer “exclusivamente” las facultades. Además deberá “citarse la norma jurídica en la cual se enmarca la delegación legislativa, determinando número de ley y artículo”.

Otro punto que se modificó en miras de su aprobación en el Congreso Nacional es que la Comisión Bicameral será la encargada de analizar los DNU (decretos de necesidad y urgencia) que se sancionen. Así como también, dentro de los 240 días posteriores a la entrada en vigencia de los “superpoderes”, deberá realizarse un informe en donde se analizará y consignará cuáles son las leyes que delegan facultades; cuáles se encuentran vigentes; cuáles fueron modificadas, derogadas o son de objeto cumplido y si las materias se corresponden con lo regulado en el artículo 76 de la Constitución Nacional.

Por otro lado, el Senado otorgó media sanción al proyecto del Ejecutivo que fija un 5 por ciento como tope para reasignar partidas presupuestarias al Jefe de Gabinete. Durante esta semana será la Cámara de Diputados la encargada de sancionar, o no, la iniciativa para que esta se convierta en ley.

Esta propuesta ya cuenta con una denuncia en la Justicia Federal por el delito de traición a la patria. Se acusa a la presidenta Cristina Fernández; el ex presidente Néstor Kirchner y los senadores que votaron la sanción.

La denuncia fue presentada por Juan Ricardo Mussa, un justicialista disidente que desde hace años intenta llegar a ser jefe de gobierno porteño. Según el escrito presentado, existe una clara violación al artículo 29 de la Constitución Nacional, pues allí se establece que “el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna”.

Además el artículo agrega que “actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”. La denuncia fue radicada en el juzgado criminal y correccional federal Nº 8 a cargo de Marcelo Martínez de Giorgi. (Dju)

FORMULA DENUNCIA-.

Señor Juez:

JUAN RICARDO MUSSA, DNI. 4.705.745, por propio derecho, con domicilio en la Av. Callao 569 2º piso 2º cuerpo de esta Ciudad, me presento ante V.S. y respetuosamente digo:

I- OBJETO.-

Que, vengo a formular denuncia penal contra la Sra. Presidenta de la Nación Argentina, Dra. Cristina Fernández de Kirchner; el ex Presidente Sr. Néstor Carlos Kirchner y los Senadores nacionales: Jorge Banicevich (Santa Cruz), Fabio Biancalan (Chaco), Adriana Bortolozzi (Formosa), Eric Calcagno (Buenos Aires), Jorge Colazo (T. del Fuego), Ana Corradi (Santiago del Estero) Elena Corregido (Chaco), Liliana Fellner (Jujuy), Nicolás Fernández (Santa Cruz), Daniel Filmus (Capital Federal), Marcelo Fuentes (Neuquén), Silvia Gallego (La Pampa), César Gioja (San Juan), Silvia Giusti (Chubut), Pedro Guastavino (Entre Ríos), Marcelo Guinle (Chubut), Ada Iturrez (Santiago del Estero), Guillermo Jenefes (Jujuy), Rubén Marín (La Pampa), José Mayans (Formosa), Ada Maza (La Rioja), Julio Miranda (Tucumán), Blanca Osuna (Entre Ríos), José Pampuro (Buenos Aires), Nanci Parrilli (Neuquén), María Perceval (Mendoza), Daniel Pérsico (San Luis), Miguel Pichetto (Río Negro), Teresita Quintela (La Rioja), Marina Riofrío (San Juan), Fabián Ríos (Corrientes), Eduardo Torres (Misiones), Mónica Troadello (Mendoza), Luis Viana (Misiones), Isabel Viudes (Corrientes).-Movimiento Popular Neuquino (1): Horacio Lores (Neuquén).-Ex ARI (2): José Martínez (T. del Fuego), María Rosa Díaz (T. del Fuego) por el delito de TRAICIÓN A LA PATRIA y/o los que V.S. estime corresponder, conforme los argumentos que paso a exponer a continuación.-

II- HECHOS:

El Senado nacional aprobó esta medianoche con el apoyo de votos oficialistas y envió a la Cámara de Diputados el proyecto del gobierno que fija un máximo del 5 por ciento a la reasignación de partidas presupuestarias a cargo del jefe de Gabinete, facultad conocida como «superpoderes». La iniciativa propone la sustitución del artículo 37 de la ley de Administración Financiera y de los sistemas de control del público nacional, y autoriza al jefe de Gabinete a establecer reestructuraciones de partidas siempre que no supere el 5 por ciento del total del presupuesto anual. El oficialismo logró 38 votos positivos, contra 24 negativos de la oposición, y aprobó la modificación en general y en particular. El debate por los superpoderes se inició luego que el oficialismo consiguió la aprobación del proyecto de delegación de facultades del Congreso para el gobierno nacional ((38 votos contra 30) , en una jornada que se inició antes del mediodía y se extendió por más de 12 horas.

Estamos frente a una clara violación del artículo 29 de la CN por cuanto establece con claridad: “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”. La Carta Magna es clara en su expresión, y el Poder Judicial, debería actuar en consecuencia, no se trata de un tema menor: está desapareciendo el sistema republicano, la mismísima división de poderes que nos consagra como república.

El Artículo 36 de la CN establece “Esta Constitución mantendrá su imperio aún cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles. Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo. Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función”.

Ha llegado el momento de la verdad para todos los argentinos, y en base a todo lo expuesto, a V.S. formulo el siguiente:

III – PETITORIO-.

a) Se tenga por constituido el domicilio, por formulada la presente denuncia y se inicie el trámite judicial correspondiente

b) Se me autorice a constituirme como parte querellante de manera oportuna, en mi carácter de ciudadano argentino;

c) Se dispongan las medidas de prueba pertinente, tendiente a investigar en relación al hecho denunciado, citándose oportunamente a los presuntos involucrados, y adoptándose a su respecto los recaudos procesales que impidan que eludan el accionar de la justicia o que entorpezcan la investigación.-

Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad,

SERA JUSTICIA.