miércoles, noviembre 27, 2024

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SIERRA DE LA VENTANA: Aprueban concesión para Hotel Provincial

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A través del Decreto Nº 463, que fue publicado esta semana en el Boletín Oficial, el gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó el pliego de bases y condiciones para la concesión de uso, restauración, refuncionalización, explotación, equipamiento, conservación y mantenimiento del valor arquitectónico del Hotel y el Parque Provincial Sierra de la Ventana.

A través del Decreto Nº 463, que fue publicado esta semana en el Boletín Oficial, se establece que «con la finalidad de incentivar los proyectos de inversión a formular y realizar y, consecuentemente, fomentar la presentación de ofertas, la Honorable Legislatura de la Provincia dictó la Ley Nº 13.889 por medio de la cual además de facultar a este Poder Ejecutivo a dar en concesión mediante Licitación Pública el uso de los bienes de dominio del Estado Provincial denominados «Hotel Provincial Sierra de la Ventana» y «Parque del Hotel Provincial Sierra de la Ventana» para la explotación hotelera y actividades afines, estableció en su artículo 7º que la actividad derivada de la explotación (…) se encontrará exenta del pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el plazo que determine el Poder Ejecutivo».

Por otra parte, se informa que «aprovechando las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones y a los fines de lograr la más amplia difusión y a su vez el resguardo de la validez de todos los documentos integrantes del presente Decreto, se prevé la publicación en el sitio web de la Provincia de Buenos Aires de los archivos correspondientes para que puedan ser descargados por los interesados en forma remota desde cualquier lugar».

Por el artículo 3º se fija el precio del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de 9 mil pesos, «el que podrá ser abonado a través de la boleta de pago obtenida en la Guía Única de Trámites (www.gba.gov.ar) o mediante depósito en la Cuenta Fiscal Nº 229/7, Sucursal 2000 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, orden Tesorero General de la Provincia o Contador General de la Provincia 2100-22233/07».

En tanto, por el artículo 5º se establece que será «la Secretaría General de la Gobernación la unidad orgánica que actuará como contraparte y administrará la relación contractual que se establezca con el Concesionario».