viernes, noviembre 08, 2024

Locales

BUENOS AIRES: A través de la Ley de Iniciativa Privada y de Asociación Público Privada Financiarán el desarrollo y explotación de terminales e infraestructura portuarias de la Provincia. Muelles para Quequén y repavimentación de la Ruta 88. El problema es que se aplicarían peajes en el acceso a Necochea.

Sharing is caring!

La Provincia de Buenos Aires tiene en carpeta para ejecutar una decena de proyectos por 1.000 millones de dólares en el marco Ley de Adhesión al Régimen Nacional de Iniciativa Privada y de Asociación Público Privada, sancionada a principios de este año y que acaba de reglamentar el gobernador Daniel Scioli. A través de esta normativa, el Estado busca fomentar el financiamiento privado de proyectos de obras, concesiones y servicios públicos permitiendo que particulares acerquen sus proyectos para desarrollar. El Régimen también es apto para concretar obras de infraestructura que impulsen el crecimiento de municipios y sus regiones.

Entre las inversiones que ahora evalúa el Ejecutivo provincial se encuentran el desarrollo y Explotación del Sector Norte del Puerto San Nicolás que incluye la prolongación del muelle hoy existente, el desarrollo de las retroáreas y su explotación; un proyecto ferroviario Área Metropolitana de Bahía Blanca (Ferro-Ría) y la reactivación de cuatro ramales de cargas; la construcción y explotación de un muelle de cargas generales en Puerto Quequén (sitio cero); el desarrollo de un puerto intermedio (zona de islas) y exterior Puerto La Plata y la repavimentación de la Ruta 88 que une Mar del Plata con Necochea. Este conjunto de iniciativas constituye solo un cúmulo de ejemplos, siendo muy amplias las posibilidades a las que da lugar el Régimen: infraestructura portuaria y de accesos, desarrollos inmobiliarios/turìsticos costeros, dragados, etc.

La ministra de Asuntos Agrarios y Producción Débora Giorgi explicó que “esta Norma permite la articulación entre el sector público y el sector privado para el desarrollo de la infraestructura necesaria en una economía en continuo crecimiento. Sin embargo el Estado provincial preserva su rol de diseñador del planeamiento estratégico, atendiendo la generación de empleo, competitividad del aparato productivo, equilibrio del desarrollo regional y el interés público en general”. Precisamente, la norma busca premiar con incentivos de hasta el 5% al privado iniciador, es decir, al privado que presente proyectos para que sea un hecho la acción conjunta del sector público y privado en el desarrollo de la infraestructura productiva.

La ley adhiere a los Decretos Nacionales 966 y 967 de 2005 que establecen el régimen de Iniciativa Privada (IP) y Asociación Público Privada (APP), respectivamente, y establece un marco jurídico que busca estimular la participación privada en los proyectos de infraestructura, ya sean de obras públicas, concesión de las mismas y de servicios públicos, licencias u otras modalidades. En estos momentos el Poder Ejecutivo está trabajando sobre la futura reglamentación del régimen de Asociación Público Privada.

El Régimen de Iniciativa Privada, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial permite, por ejemplo, que un particular presente ante el Estado un proyecto de una obra de infraestructura y obtenga ventajas por “ser el iniciador” respecto de otros interesados en realizar dicha obra. Es el Estado quien evalúa el proyecto de obra –cuyos financiamiento es ciento por ciento privado-, para decidir su calificación de interés público y la inclusión del mismo en el Régimen de Iniciativa Privada.

Dicho Régimen prevé que los particulares sean quienes acerquen al Estado las propuestas de obras públicas o contratos de concesión que estén dispuestos a financiar y concretar y establece como incentivo que la propuesta del “iniciador” será preferida sobre el resto de los oferentes, incluso cuando su oferta sea superada (hasta un máximo del cinco por ciento) por la mejor calificada. Luego del procedimiento de declaración de los proyectos de Iniciativa Privada como de interés público, se convoca a licitación pública o concurso de proyectos integrales, cumpliendo las normativas provinciales en vigencia.

La norma busca estimular la presentación y desarrollo de proyectos desde el sector privado para obras y/o servicios de los cuales el Estado carece. Los proyectos presentados son evaluados por una comisión especialmente creada al efecto con representantes de la Secretaría General de la Gobernación, el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno y el Ministerio de Economía. Dicha comisión recomendará al Gobernador la declaración o no de interés público del proyecto. A su vez, el Poder Legislativo, se reservó la posibilidad de estudiar los proyectos presentados para opinar de manera no vinculante sobre su viabilidad.

En caso de que el proyecto sea declarado de interés público, el Estado deberá llamar a licitación o concurso de acuerdo a la normativa vigente. En ese proceso el Iniciador Privado contará con la ventaja de que, en caso de perder por una diferencia de hasta un 5% del presupuesto de su oferta, prevalecerá sobre su competidor por haber sido el iniciador del proyecto y la Administración deberá elegirlo como contratista. Si la diferencia fuera entre el 5 y 20% ambos competidores tendrán una posibilidad de mejorarlas y aquél que presente el presupuesto más conveniente para el Estado será la ganadora.

La expectativa es que a través del mismo se presenten, entre otras, iniciativas destinadas a fortalecer la infraestructura portuaria, de desarrollo rural y de interconexión vial entre los aglomerados productivos, que atienda la relevante y continua expansión del aparato productivo provincial.