Este martes 18 se notificó de la concesión de la medida cautelar solicitada en la acción judicial iniciada el pasado 03/08/09 por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Necochea, en la que se solicitó se decrete la inconstitucionalidad del Fondo Fiduciario creado por el Decreto Nº 2067/08 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional y normas complementarias.
La medida cautelar ordena a la distribuidora de gas, CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., que SE ABSTENGA de cobrar y de facturar la totalidad de las sumas relativas al “cargo tarifario” establecido en el complejo normativo integrado por el Decreto 2067/2008 (PEN) y demás normas complementarias, así como también del ítem del IVA sobre dicho cargo, respecto del suministro de la provisión del servicio de gas correspondiente a las cuentas de titularidad de los usuarios y consumidores con domicilio de consumo en el partido de Necochea.
Para aquellos usuarios que hasta la fecha no hubieren abonado los cargos, se le ordenó a la distribuidora que deberá realizar la emisión de nuevas facturas omitiendo inclusión de los cargos tarifarios antes referidos, estableciendo un plazo de pago razonable que permita la cancelación de deudas y evite el corte del suministro, y proceder a su distribución.
Sin embargo, para aquellos usuarios que hayan abonado voluntariamente las facturas, dichos importes deberán tenerse por pagados “a cuenta” reintegrándose su monto, que deberá ser descontado en las próximas facturaciones hasta su compensación total.
También se ordenó a la empresa CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. que SE ABSTENGA de interrumpir, suspender y/o cortar el suministro continuo de gas natural motivado por la falta de pago de las facturas que incluyan el incremento del cargo tarifario para los habitantes del partido de Necochea.
Dicha medida importa un cambio rotundo en el estado de cosas, habida cuenta que dicho cargo se está cobrando desde el mes de febrero de 2009, y la orden judicial ordena devolver los importes abonados desde la fecha de su implementación.
Se aclara que la medida cautelar abarca en forma automática a todos los usuarios titulares de medidores de gas con domicilio de consumo en el Partido de Necochea, sin importar que hayan firmado la planilla de reclamo puesta a disposición en la planta baja del Palacio Municipal, dado que la acción judicial fue presentada por la O.M.I.C. de Necochea en representación de todos los habitantes del Partido.
El usuario, entonces, deberá aguardar la próxima factura donde se le hará un descuento de todos los importes que hayan abonado con motivo en el Cargo Decreto 2067/08, o bien la refacturación sin este cargo.
Que, para el caso que las próximas facturas no descuenten los cargos abonados, o bien continúen cobrando el cargo Decreto 2067/08, deberá ser denunciado por ante la O.M.I.C. sita en la planta baja del Palacio Municipal, o bien al tel. 43-2012, a los fines de poner en conocimiento al Juez actuante, del incumplimiento de la medida cautelar.
Finalmente, se recomienda a todos aquellos que se encuentren comprendidos dentro de las excepciones impuestas por el gobierno respecto de la aplicación del Decreto 2067/08, que realicen el correspondiente trámite por ante la distribuidora, habida cuenta que el Estado Nacional apelará la medida, y ello les servirá además como un “paraguas protector” para el caso que la acción sufra un revés judicial en la sentencia definitiva.