Una delegación de la CTA encabezada por su secretario general, Hugo Yasky, participó ayer del acto de lanzamiento del proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual anunciado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en el Teatro Argentino de La Plata. La Presidenta presentó ayer en el Teatro Argentino de La Plata el proyecto de Servicios de Comunicación Audiovisual y remarcó que apunta a garantizar la pluralidad de voces y que «cada uno piense por sí mismo, no como le marca una radio o un canal».
«Que puedan acceder a toda la información todas las voces, todas las creencias religiosas y políticas. Para que la ciudadanía decida a qué Dios rezar, a qué partido ingresar», agregó.
Del acto participó una delegación de la CTA integrada, entre otros, por Hugo Yasky, Juan Carlos Giuliani, Victorio Paulón, Francisco Nenna y Gustavo Rollandi. También asistió una representación de la Federación de Trabajadores de la Cultura y la Comunicación (FETRACCOM-CTA) entre los que se contaban Edgardo Carmona, Stella Hernández y Juan Sarkissián del Sindicato de Prensa de Rosario (SPR-CTA) y Oscar Gijena de la Asociación de Prensa de Tucumán (APT-CTA), entre otros dirigentes de esa federación que encabeza Giuliani como secretario general. Asimismo estuvieron Daniel Das Neves y Héctor Sosa de la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA-CTA).
La Presidenta consideró que el sistema audiovisual de medios deberá servir para «formar ciudadanos libres, ciudadanos que puedan formar su propio pensamiento» y dijo que espera «una ley para que todos puedan hablar y se puedan informar, no lo que alguien quiere que sepan».
Cristina dijo que el documento presentado es «un borrador de proyecto» para que sea debatido por todo el país, por organizaciones comunitarias, universidades y empresas.
«Luego de discutida ampliamente, llegará al parlamento, no ya desde un gobierno o un partido, sino que será el proyecto de ley de todos los argentinos», expresó.
Agregó que espera un «debate horizontal y un consenso», para que el proyecto que llegue al Congreso «sea un reflejo fiel de la mayoría de los argentinos, que apueste al trabajo y la creación, y le de más voz e imagen a quienes no las tienen».
«Una representación federal que le dé la palabra a los que hacen patria y pelean por la sobreviviencia de su cultura» y que ofrezca «desde el arte al fútbol de los domingos en forma libre y masiva, no sólo a los que pueden pagarlo», expresó.
Los puntos principales
La iniciativa, que aspira a reemplazar la norma que rige desde la dictadura, responde a los avances tecnológicos de los últimos 30 años y democratiza el acceso a la información. Aquí, los puntos clave.
La propuesta de proyecto de ley de la democracia llamada de Servicios de Comunicación Audiovisual propone cambios sustanciales a la ley de la dictadura vigente (Ley 22.285) que llevaba las firmas del ex dictador Jorge Videla, el ex ministro de Economía José Martínez de Hoz y el ex ministro del Interior Albano Harguindeguy.
El nuevo proyecto responde a los avances tecnológicos de los últimos 30 años y democratiza el acceso a la información definido como «derecho universal» en concordancia con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
A continuación, un cuadro comparativo sobre los principales puntos entre la ley de la dictadura y el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA):
Objeto de la regulación
Ley 22.285: Unicamente se regulan los servicios abiertos (radio y TV) y los sistemas complementarios más antiguos, como Antenas Comunitarias.
Ley SCA: El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión.
El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales.
Libertad de Expresión
Ley 22.285: Está limitada por las necesidades de la Seguridad Nacional. La ley actual admite restricciones a la Libertad de Expresión basadas en este motivo.
Ley SCA: Se garantiza el derecho humano universal al derecho a la información y a la libertad de expresión como lo prevé el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, que implica el derecho a recibir, difundir e investigar informaciones y opiniones. Los tratados de Derechos Humanos son una pieza fundamental del espíritu de esta propuesta.
Autoridad de aplicación
Ley 22.285: El organismo que regula la Radio y la TV está integrado por militares, servicios de inteligencia y empresarios.
SCA: El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional.
Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc.
Licenciatarios
Ley 22.285: La radiodifusión sólo se podía ejercer como actividad con fines de lucro.
Recién en el año 2005 el Congreso Nacional permitió a las personas jurídicas sin fines de lucro ser titulares de licencias de radiodifusión, pero con algunas restricciones.
Ley SCA: Se permitirá el acceso a las entidades sin fines de lucro.
Se reservará con carácter inderogable, el 33% del espectro para las personas jurídicas sin fines de lucro tales como, asociaciones, fundaciones, mutuales, etc.
Monopolios y oligopolios
Ley 22.285: Se admiten los monopolios y los oligopolios de medios. El Estado tiene una participación subsidiaria, ya que solo puede dar servicio en áreas geográficas no rentables para los privados.
Ley SCA: Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios.
Se promoverá el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual. El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Municipios tendrán asignadas frecuencias.
Medios Públicos
Ley 22.285: Solo se prevé su condición subsidiaria. Las Universidades deben ser titulares de licencias por explotación comercial en TV. Solo se preveía a ATC como empresa comercial.
Ley SCA: Se permitirá que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales.
Se propondrá un sistema de medios estatales con objetivos democráticos, con participación y control comunitario y social.
Control parlamentario
Ley 22.285: No está previsto ningún control por parte del Congreso de la Nación.
Ley SCA: El control del Congreso de la Nación estará previsto para evaluar el funcionamiento de la Autoridad de Aplicación, de los medios públicos y el desempeño del Defensor del Público.
Para ello se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
Multiplicidad de licencias en servicios abiertos
Ley 22.285: Permite que una sola persona sea titular de 24 licencias de servicios abiertos (radio y TV).
Ley SCA: Sólo se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos.
Multiplicidad de licencias en sistemas por suscripción
Ley 22.285: Los sistemas de TV paga no tienen limitaciones en relación a las licencias que puede poseer una misma persona, siempre que no estén en la misma zona de cobertura. Esto facilita la formación de monopolios.
Ley SCA: Las licencias de TV paga estarán limitadas en número y en cuotas de mercado.
Plazo de licencias Ley 22.285: Las licencias duran 15 años y se pueden prorrogar por 10 años más.
Ley SCA: Las licencias durarán 10 años y se podrán prorrogar por 10 años más, previa realización de Audiencias Públicas.
Requisitos para ser titular de una licencia
Ley 22.285: Se exigen requisitos personales basados en la posesión de riqueza y preferencia de aspectos patrimoniales.
Ley SCA: Para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad.
Se excluirá de la posibilidad de ser titular a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática.
Transparencia de la titularidad de las licencias
Ley 22.285: Esta ley posibilita que mediante la utilización de sociedades por acciones, se esconda la verdadera titularidad de las licencias.
Ley SCA; Se promoverá un régimen de transparencia de titularidad de propiedad de las licencias.
Contenidos de interés público
Ley 22.285: Se permite la codificación de las transmisiones deportivas, impidiendo el acceso abierto a la mayoría de la población.
Ley SCA: Este proyecto prevé que los partidos de fútbol relevantes podrán verse por TV abierta.
Medios de propiedad social
Ley 22.285: No están previstos.
SCA: Se promoverá la regularización de medios comunitarios, que han estado excluidos durante décadas.
Cooperativas
Ley 22.285: Su participación estuvo prohibida hasta el año 2005. Actualmente pueden participar en forma restringida.
Ley SCA: Se establecerá un régimen abierto de participación para las cooperativas. También se implementarán medidas tendientes a evitar abusos de posición dominante.
Cine nacional
Ley 22.285: No está previsto.
Ley SCA: Se establecerá una Cuota de Pantalla de Cine Nacional, como lo han hecho países como Francia o Brasil.