La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky -como presidente-, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos -como vocales-, resolvió declarar inadmisibles las solicitudes de Julio De Vido y de Hebe Pastor de Bonafini. sueños compartidos
De Vido había solicitado anular el procesamiento que dictó la instancia anterior, mientras que Hebe Pastor de Bonafini había recusado a Martín Irurzun, uno de los jueces de cámara intervinientes. Ambos fueron procesados como coautor y partícipe necesario del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de una administración pública.
En concreto, se investiga la maniobra delictiva a través de la cual diversos sujetos, valiéndose de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, utilizaron a la fundación del mismo nombre en connivencia con funcionarios públicos –entre ellos Julio De Vido- para gestionar y obtener ilegítimamente fondos de la Secretaría de Obras Públicas para la construcción de viviendas sociales, parte de los cuales fueron desviados de su destino específico.
A raíz de la maniobra investigada, se habrían desviado más de $ 206.000.000 (doscientos seis millones de pesos) de su fin específico (viviendas sociales).
Dicho dinero había sido transferido por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación –a cargo de De Vido- a las jurisdicciones locales y luego canalizado a las distintas cuentas bancarias de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.