Le pidieron a la Oficina Anticorrupción que “abra una investigación acerca de la declaración jurada” que presentó el ministro de Energía y Minería, y “la incompatibilidad para ejercer el cargo”.
El diputado nacional del FpV-PJ, Martín Doñate, presentó una denuncia contra el ministro de Energía y Minería , Juan José Aranguren, porque “en su declaración jurada de bienes ante la Oficina Anticorrupción el Sr. Ministro ha declarado ser tenedor de acciones de la empresa Royal Dutch Shell PLC clase A”. La denuncia fue divulgada por el Observatorio de la Energía, Tecnología e Infraestructura para el Desarrollo (OETEC).
En el escrito se remarca que “el Sr. Ministro fue el Presidente del Directorio (CEO) de la subsidiaria de la empresa Royal Dutch Shell en Argentina, la empresa Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. que funciona como una empresa controlada por la Royal Dutch Shell en los términos del art. 33 de la Ley N°19.550 y como consecuencia del ejercicio de ese cargo durante aproximadamente doce años, tiene un trato familiar con todos ejecutivos de la misma”.
Además, señalan que “la renuncia al cargo de Presidente del directorio (CEO) de Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. fue presentada con efectos al 30 de junio de 2015, no habiendo transcurrido tres años desde esa renuncia hasta su designación como Ministro de Energía, incurriendo de este modo en incompatibilidad para ejercer el cargo según los términos de los arts. 13 y 15 de la Ley 25188”.
Para el denunciante la incompatibilidad está explicitada en el artículo 13 de la ley 25.188.
ARTICULO 13. – Es incompatible con el ejercicio de la función pública:
a) dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades;
b) ser proveedor por sí o por terceros de todo organismo del Estado en donde desempeñe sus funciones.
Fuente: politicargentina