miércoles, diciembre 25, 2024

Locales

NECOCHEA: El Concejal Dr. Ricardo Fernández denunció al Intendente Molina ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires.

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Basura tirada por camiones municipales.

Se debe al desvío del dinero afectado con destino al tratamiento y disposición final de residuos según establece la ley 13 mil 403.

La ley 13403 establece en sus artículos 39-40 y 41 que, el 20% del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales, el 5% de la recaudación del impuesto sobre Ingresos Brutos y el 3% del Inmobiliario Rural, deberán afectarse con destino al tratamiento y disposición final de residuos.

Que el Ejecutivo afecto estos fondos, en el presupuesto del 2008, para pagar el Servicio Domiciliario de Recolección de Residuos.

Que entendemos que no es lo mismo recolección de residuos, que tratamiento y disposición final, por lo que consideramos que esta afectación no es correcta.

Basamos nuestra interpretación en lo determinado por la ley 25916 (Gestión Integral de Residuos Domiciliarios) donde en su artículo 3 establece la diferencia y definición de estos conceptos. Según la ley:

RECOLECCIÓN:

Conjunto de acciones que comprende el acopio y carga de residuos en los vehículos recolectores.

TRATAMIENTO:

Comprende el conjunto de operaciones tendientes al acondicionamiento y valorización de los residuos. Se entiende por acondicionamiento a las operaciones realizadas a fin de adecuar los residuos por su valoración o disposición final. Se entiende por valorización a todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos mediante reciclaje en sus formas, física, química, mecánica, biológica y la reutilización.

DISPOSICION FINAL:

Comprende el conjunto de operaciones destinadas a lograr el deposito permanente de los residuos domiciliarios, así como las fracciones de rechazo inevitable resultante de los métodos de tratamiento adoptados.

Por todo lo expuesto, la ley 13403 es clara en la afectación de recursos para tratamiento y disposición final, y es clara la definición de ambos conceptos a través de la ley 25916, motivo por los cuales no creemos procedente la afectación de estos recursos para la Recolección de Residuos Urbanos.