Un «parche» que mantiene la discrecionalidad política
Bajo la apariencia de una modernización necesaria, el proyecto presentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para regular la selección de magistrados ha encendido las alarmas.
Lejos de solucionar los problemas estructurales del Consejo de la Magistratura, la iniciativa es cuestionada por facilitar la manipulación de las vacantes y omitir reformas de fondo.
La Corte Suprema de Justicia presentó recientemente su proyecto de “Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados” a través de la Acordada 4/2026. Aunque el máximo tribunal intenta mostrarlo como un avance, diversas organizaciones de la sociedad civil y sectores del ámbito académico denuncian que la propuesta desoye años de trabajo previo y consolida un sistema vulnerable al interés político.
El retroceso de los concursos anticipados
Uno de los puntos más críticos es el tratamiento de los concursos anticipados. El proyecto original impulsado por el estamento académico en 2022 —con el apoyo de organismos como INECIP, ACIJ y el CELS— planteaba evaluaciones anuales obligatorias.
En ese esquema, los postulantes eran evaluados por su idoneidad técnica sin saber qué juzgado ocuparían, neutralizando así el favoritismo en cargos sensibles, como los de Comodoro Py o el fuero electoral.
Sin embargo, el reglamento de la Corte desvirtúa esta herramienta:
- Alcance limitado: Reduce el sistema a un máximo de solo ocho cargos.
- Excepciones peligrosas: Permite la apertura de “concursos especiales”, lo que habilita a que la discrecionalidad política vuelva a primar sobre el mérito.
- Plazos extensos: Mientras que el proyecto académico buscaba agilizar la cobertura de vacantes, la Corte propone plazos de hasta 120 días hábiles, duplicando el tiempo de espera.
Una atribución de facultades cuestionable
Más allá del contenido, la forma del reglamento ha generado rechazo. En la Acordada, la Corte se autodefine como el “órgano supremo de la organización judicial argentina”, una terminología que juristas consideran contraria a la Constitución Nacional.
Esta postura es vista como un intento de ratificar el control administrativo sobre el Consejo de la Magistratura, una facultad que la reforma de 1994 otorgó específicamente al Consejo y que la Corte, bajo la presidencia actual, ha vuelto a centralizar.
«La reglamentación que propone la Corte es insuficiente y facilita que, una vez más, las excepciones se conviertan en regla cuando exista interés político en hacerlo», señalan sectores críticos.
La deuda de una reforma integral
El conflicto de fondo sigue siendo la parálisis legislativa. Han pasado cuatro años desde que la propia Corte declaró inconstitucional la ley del Consejo de 2006, otorgando un plazo de 120 días al Congreso para dictar una nueva norma.
Pese a la existencia de proyectos robustos, como el presentado por el diputado Fernando Carbajal en 2022, el Congreso no ha avanzado y la Corte no ha exigido el cumplimiento de su propio fallo.
Expertos coinciden en que, sin una nueva ley que garantice una integración equilibrada y procedimientos transparentes, cualquier cambio reglamentario será apenas un paliativo.
Mientras tanto, el sistema de justicia federal continúa operando bajo un esquema irregular que parece priorizar la conservación del poder institucional por sobre la idoneidad técnica de los jueces.
