Justicia, Locales

JUSTICIA: Fallo en Necochea a favor de persona con capacidad restringida

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Revocan una sentencia que delegaba la asistencia de una persona con capacidad restringida

Por Matías Leandro Rodríguez

Necochea, Buenos Aires. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea revocó una sentencia que había designado a una clínica como apoyo asistencial de una mujer con capacidad restringida, reafirmando que las curadurías oficiales no pueden limitar su rol a la administración de bienes. El fallo destaca la importancia de un acompañamiento integral, social, humano y jurídico para las personas con discapacidad.


El caso, que involucra a una mujer identificada como A. Z. con esquizofrenia paranoide, se extendía por más de catorce años. En la sentencia inicial, un juez de primera instancia había decidido que la Clínica José Ingenieros se ocupara del apoyo asistencial, mientras que la Curaduría Oficial se limitaría a la administración de su patrimonio.

La Asesora de Incapaces apeló la decisión, argumentando que el apoyo a una persona con capacidad restringida no puede dividirse en partes. La Cámara le dio la razón, sosteniendo que la curaduría no solo debe gestionar los bienes, sino también supervisar los tratamientos, coordinar el seguimiento médico y actuar como nexo legal y humano para garantizar el ejercicio de los derechos de la persona.

El fallo, que fue unánime, subraya que la designación de una institución médica como apoyo, sin la consulta de la persona involucrada y sin tener atribuciones legales para ello, no solo es ineficaz, sino que también va en contra de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La importancia de un apoyo integral

El tribunal enfatizó que el apoyo a una persona con capacidad restringida no puede ser «desvinculado» o meramente técnico. El artículo 32 del Código Civil y Comercial establece que el apoyo debe promover la autonomía y respetar las preferencias de la persona. En este sentido, la Curaduría Oficial debe asegurar que el seguimiento del tratamiento, su coordinación y su traducción en lenguaje jurídico sean parte fundamental de sus responsabilidades.

Un aspecto central del caso fue la voluntad de la propia A. Z. Durante una audiencia, la mujer pidió expresamente que la Curaduría Oficial continuara siendo su apoyo, destacando la confianza que había construido a lo largo de los años.

La sentencia de la Cámara no solo corrige una decisión errónea, sino que también sirve como un llamado de atención para todo el sistema judicial, los profesionales de la salud y, en particular, para las propias curadurías. El fallo reafirma que su función es ser un puente entre las personas más vulnerables y el ejercicio real de sus derechos, y no una simple «escribanía del Estado».