El presidente del CPACF, Ricardo Gil Lavedra, expresó su disconformidad con la propuesta de eliminar la figura del femicidio del Código Penal. «Es un principio no controvertible que la mujer fue discriminada durante siglos”, destacó
Para el titular del CPACF, “la Constitución, luego de la reforma de 1994, trata de superar algunas desigualdades estructurales a través de acciones positivas, lo que se denomina discriminación inversa, privilegiar algún grupo cuando se trata de determinados sectores que han sido tradicionalmente postergados o perseguidos”.
“Esto está en la Constitución, en el artículo 75, inciso 23, que llama al Congreso a dictar medidas para los grupos más postergados. La Constitución menciona específicamente a las mujeres”, destacó.
Consultado sobre las expresiones que se vertieron desde el Ejecutivo en torno a la cuestión del femicidio, el excamarista explicó que “hay un error conceptual”. “Por supuesto que la vida de la mujer vale lo mismo que la del hombre, y que la muerte de cualquiera de ellos es un homicidio. Lo que hizo el legislador es castigar con mayor severidad cuando esto se produce en un contexto de violencia de género respecto de la mujer”, puntualizó.
“Esto tiene que ver con la cantidad de hechos de violencia contra la mujer. En Argentina, prácticamente tenemos un femicidio por día; y la mayor severidad es no solamente para castigar el hecho pasado, sino también para prevenir los hechos futuros, como cualquier sanción penal”, sintetizó Gil Lavedra.
Gil Lavedra advirtió que “tenemos una democracia constitucional y exige que todos los gobiernos tienen que someterse a las reglas constitucionales, tienen que respetar sus principios básicos, como el pluralismo”. “Por supuesto que el Congreso, así como introdujo un agravante para determinados homicidios cometidos contra las mujeres, también puede sacarlo. Yo entiendo que sería una regresión”, subrayó.
El titular del Colegio Público de la Abogacía porteño reiteró que “es un principio no controvertible que la mujer fue discriminada durante siglos”.
“La mujer recién pudo votar en el siglo XX, me parece que es inocultable. La brecha que hay entre la remuneración de la mujer en el trabajo con el hombre es un dato objetivo, y la violencia contra la mujer también es un dato objetivo. Y que la Constitución le dé un mandato al legislador para tratar de superar estas desigualdades, esto es lo que se llama un sentido material de la igualdad, no es la igualdad formal, sino una igualdad verdadera”, concluyó el funcionario.
FUENTE: Diario Judicial