El nuevo procedimiento para el servicio de conciliación para pasajeros de transporte aéreo es electrónico, voluntario y gratuito.
Este servicio se creó para resolver reclamos de manera rápida y ágil, y se rige por los principios de celeridad, inmediación, informalidad, gratuidad, trato digno y virtualidad ¹. A continuación, te presento los detalles de este procedimiento:
- Procedimiento electrónico/digital: El servicio de conciliación se llevará a cabo a través de un procedimiento electrónico o digital.
- Voluntario: La participación en el servicio de conciliación es voluntaria para ambas partes.
- Gratuito: El servicio de conciliación es gratuito para los pasajeros.
- Principios: El servicio de conciliación se rige por los principios de celeridad, inmediación, informalidad, gratuidad, trato digno y virtualidad.
- Defensa: Aunque no es necesario el patrocinio letrado, las partes pueden concurrir con su abogado de confianza para garantizar su defensa.
- Registro Nacional de Conciliadores: Se creó un Registro Nacional de Conciliadores del Transporte Aéreo, donde podrán inscribirse los conciliadores interesados, siempre que estén registrados también en el Registro de Mediadores (Ley 26.589).
- Vigencia: El decreto entrará en vigencia después del 10 de octubre.
Es importante destacar que el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal se pronunció en contra de este decreto, argumentando que vulnera principios fundamentales como el derecho de defensa, el desbalance de fuerzas, la eficacia del proceso, la desvalorización profesional y la posible inconstitucionalidad.
FUENTE: Diario Judicial