domingo, noviembre 24, 2024

Economía, Nacionales

Pensiones que caducan

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El organismo estatal ha informado que todas las pensiones salvo cuatro pueden caducar a los cinco años. Cuáles son.

Las pensiones de la Seguridad Social son pagos que reciben los trabajadores que no pueden seguir trabajando, ya sea por motivos de jubilación, viudedad o incapacidad debido a enfermedad o accidente. A su vez, estas pensiones se clasifican en dos categorías: contributivas y no contributivas.

Las contributivas son aquellas en las que el beneficiario ha cotizado el mínimo para acceder a ellas, mientras que las no contributivas son aquellas que perciben los trabajadores que no han cotizado el mínimo. Estas últimas van dirigidas a personas vulnerables que carecen de recursos suficientes.

El Ministerio de Trabajo es el encargado de otorgar las pensiones contributivas, que pueden ir desde los 743,21 euros al mes (la cantidad mínima) hasta los 3085 mensuales (la cantidad máxima). Por otro lado, las pensiones no contributivas son administradas por las comunidades autónomas. Cabe destacar que existen algunas pensiones que tienen un período de validez determinado y que, por lo tanto, caducan.

Las pensiones de la Seguridad Social que prescriben

La Seguridad Social indica que en algunos casos, el derecho a recibir ciertas pensiones puede prescribir después de cinco años contados a partir del día siguiente a la fecha en que se produjo el hecho causante, incluso si los efectos se produjeron tres meses antes de esa fecha.

Es importante destacar que la mayoría de las pensiones tienen un plazo de validez, con excepción de cuatro de ellas, según indica el organismo público a través de su sitio web.

Las pensiones de jubilación, de viudedad, de orfandad y en favor de familiares no caducan. Sin embargo, esto no implica que no puedan interrumpirse y, por lo tanto, perderse. Algunas razones por las que una pensión puede ser interrumpida incluyen una reclamación extrajudicial del acreedor, una reclamación de la Seguridad Social o la apertura de un expediente de Trabajo.

El derecho a recibir prestaciones puede caducar después de un año si no se han cobrado. Esto se aplica tanto para prestaciones únicas como a las de pago periódico. En ambos casos caduca «al año a contar desde el día siguiente de haber sido notificada en forma al interesado de su concesión».

En qué casos te pueden quitar la pensión

Existen cuatro motivos por los que la Seguridad Social puede suspender el pago de la prestación no contributiva. El incumplimiento de alguno de los requisitos puede conllevar la retirada de la prestación.

A continuación, detallamos los motivos por los cuales podrías quedarte sin tu pensión:

  • Superar el límite de ingresos establecidos en los requisitos para cobrar una pensión no contributiva. Las cuantías varían según la situación familiar del beneficiario. 
  • No declarar los ingresos de la unidad de convivencia los tres primeros meses del año. Todos los años, hasta el 31 de marzo, se deben presentar los ingresos. De esta manera, la administración se podrá asegurar de que no se supera el máximo establecido.
  • Si se produce algún cambio en los datos personales, el beneficiario tiene la obligación de comunicarlo a la administración. Si los cambios afectan a alguno de los requisitos exigidos para solicitar el subsidio, podrías quedarte sin la pensión.
  • Si la Seguridad Social realiza una investigación y descubre alguna modificación relevante. Por eso es importante notificar lo antes posible cualquier cambio. La administración también puede solicitar a los pensionistas que abonen el importe cobrado indebidamente. 

Qué hacer si me han quitado la pensión

Si un beneficiario ha perdido el derecho a la pensión por un cambio de las condiciones que causaron el hecho, puede recuperarla cuando vuelva a cumplir los requisitos. Por ejemplo, si se supera el límite de ingresos establecido para recibir la pensión, se podría recuperar el derecho a la pensión una vez que los ingresos vuelvan a estar dentro del límite.

Asimismo, si se notifica a la administración un cambio en las condiciones familiares o de domicilio que puedan afectar al derecho a la pensión, también se podría recuperar dicha pensión.

El Cronista