martes, noviembre 26, 2024

Economía, Nacionales

JUBILACIONES: Bono extraordinario

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Será de hasta $7.000 y se pagará en septiembre, octubre y noviembre. Alcanzará a los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSeS, a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, entre otros.

El Gobierno oficializó el pago de un bono extraordinario a jubilados de hasta $7.000 para los jubilados, que se cobrará en septiembre, octubre y noviembre, y fijó las condiciones para recibirlo.

El refuerzo alcanzará a los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSeS, a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, de las pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de ese organismo.

Así quedó establecido en el decreto 532/2022, publicado este jueves en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

Según el Poder Ejecutivo, la medida permitirá reforzar los haberes de 6,1 millones de personas, lo que equivale a un 85% de los beneficiarios previsionales.

El decreto dispuso que el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a $7.000 para aquellos titulares que por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto menor o igual a $43.352,59.

El beneficio será de $4.000 para quienes perciban un importe superior a $46.352,59 y menor o igual a $86.705,18. Además, quienes por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $43.352,59 y menor o igual a $46.352,59, el monto del refuerzo será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $50.352,59.

Por último, aquellos titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe mayor a $86.705,18 y hasta $90.705,18, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma mencionada en segundo término.

De acuerdo con el texto oficial, para percibir el refuerzo los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación. En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, éstos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional

El Gobierno aclaró que el bono no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

A la vez, justificó el pago de este dinero, al señalar que durante este año, «producto de diversos factores, en particular el impacto del conflicto internacional por la invasión de la Federación de Rusia a Ucrania, nuestro país ha sufrido una importante alza del índice de precios, con especial incidencia en bienes de primera necesidad».

«El aceleramiento de precios referido tiene una mayor afectación en las personas de menores ingresos, para quienes es necesario generar herramientas de mayor acompañamiento hasta tanto se estabilicen las variables macroeconómicas», enfatizó.