miércoles, diciembre 25, 2024

Industria y Comercio, Locales

El Municipio habilita la apertura de gimnasios y natatorios

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Podrán funcionar de lunes a sábados, de 7 a 22 horas. El protocolo establece que no puede haber más de 10 personas en su interior al mismo tiempo. Deberán desinfectar todos los elementos antes y luego de cada utilización.

El Municipio habilitó, a través de un decreto con la firma del intendente, Arturo Rojas, la reapertura de gimnasios y natatorios en todo el Distrito, los cuales deberán cumplimentar una serie de varias medidas de higiene y seguridad, según se determinó a través del protocolo aprobado oportunamente.

Según reza el decreto 1302/2020, que lleva la rúbrica, además de la secretaria de Salud, Ruth Kalle; y de Gobierno, Jorge Martínez; los gimnasios y los natatorios podrán abrir sus puertas de lunes a sábado, de 7 a 22 horas, pero en ningún momento podrán contar con más de 10 personas en su interior.

En el caso de los gimnasios, entre otras cuestiones, el protocolo establece que antes y luego de cada actividad se deberá desinfectar todo el lugar y no se podrán utilizar los vestuarios.

Asimismo, deberá llevarse un registro de cada persona que concurra al lugar y en todo momento se deberá utilizar barbijo/tapaboca en forma obligatoria.

Respecto a los natatorios, se estableció que los vestuarios sólo serán utilizados para el cambiado y/o utilización de los sanitarios y no estará permitido el uso de duchas.

A su vez, cada establecimiento designará y delimitará un espacio para el guardado de artículos personales. También deberán contar con un registro de las personas que concurren al lugar.

Por otra parte, el decreto también plantea modificaciones con respecto a algunos comercios.

En tal sentido, se informó que “aquellos comercios o establecimientos (almacén, despensa con o sin autoservicio, kiosco, panadería, dietética, granja -pollería-, carnicería, verdulería, similares y afines) que posean una superficie de hasta 80 metros cuadrados y se encuentren habilitados a la venta de productos comestibles, sólo podrán permanecer abiertos dentro de la franja horaria establecida a partir de las 8 a las 21 horas”.