jueves, noviembre 28, 2024

Justicia, Nacionales

JUSTICIA: Un fallo modelo contra Google y Yahoo!

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Los buscadores deberán resarcir a la modelo Analia Maiorana por asociar su nombre a sitios de contenido pornográfico. Para los jueces, la perturpación «ha sido grave» dado que la mujer es una «modelo y empresaria reconocida, de alta exposición pública, quien además es madre de hijas en edad escolar». Fallo completo.

Un nuevo fallo judicial responsabiliza a Google y Yahoo! por la vinculación de una modelo con páginas de contenido pornográfico. La modelo y empresaria Analia Maiorana es quien recibirá una indemnización por los daños y perjuicios que le produjeron esos enlaces. La suma fue fijada por la Justicia Civil en $3.500.000 más intereses.

En un publicado el último jueves, la Sala A de la Cámara Civil ratificó la sentencia que condena a Google y Yahoo! en autos «Maiorana, Analía c/ Yahoo de Argentina SRL y Otro s/ Daños y Perjuicios» por el daño sufrido por la modelo «por el uso comercial y no autorizado de su imagen a través de los servicios de búsqueda por imágenes» y el «avasallamiento de sus derechos personalísimos al honor, el nombre, la imagen, la dignidad y la intimidad».

Los camaristas Ricardo Li Rosi y Hugo Molteni fueron quienes confirmaron la condena pero septuplicaron los montos indemnizatorios, tras acreditar los padeceres de la modelo y actual pareja del vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli. Según los testimonios brindados en la causa, fueron amigas de la damnificada quienes le informaron que habían visto en Internet que el nombre de la modelo «en la lista del buscador la relacionaba con páginas pornográficas».

La Cámara, al confirmar lo atinente a la responsabilidad de los buscadores por los enlaces, tuvo por acreditado que Google y Yahoo! no fueron diligentes a la hora de cumplir las órdenes judiciales de bloquear los enlaces que vincularan a Maiorana con sitios de contenido pornográfico.

A su vez, el Tribunal modificó parcialmente el fallo de grado en lo atinente al reclamo por el uso indebido de la imagen de la actora. En ese aspecto, la sentencia hacer lugar al recurso de apelación presentado por el abogado de la modelo, Martín Leguizamón Peña, reconociendo que «ambas demandadas han utilizado y reproducido imágenes de la actora –reduciéndolas, almacenándolas, y publicándolas en su buscador de imágenes– sin su consentimiento».

La Cámara – invocando el fallo «Rodríguez c/ Google» dictado por la Alzada, luego revocado parcialmente por la Corte- señaló que los buscadores hicieron un uso indebido de la imagen de Maiorana a través de los llamados thumbnails. En ese sentido, los jueces destacaron que los mismos «poseen una menor calidad en relación a las imágenes originales, razón por la cual pierden resolución al agrandarse.

Sin embargo, luego resaltaron que esa circunstancia «no les quita el carácter de imágenes que los buscadores editan, reproducen, almacenan y utilizan para brindar su servicio (“buscador por imágenes”) que es propio y para beneficio de sus usuarios».

Al mesurar los montos correspondientes a los rubros daño moral, y el daño por el uso indebido de la imagen. En ese aspecto, los magistrados apuntaron que «al haberse probado que la actora se desempeña como modelo y empresaria vinculada a la actividad textil, puede deducirse que su imagen tiene un valor comercial».

Siguiendo con ese razonamiento,s los miembros de la Cámara Civil agregaron: «es patente el daño extrapatrimonial sufrido por la accionante a partir de la reproducción indebida de su imagen por parte de las demandadas a través del buscador por imágenes, con los alcances expuestos en el apartado precedente».

También añadieron que era claro «el daño moral padecido por la reclamante al ver su nombre vinculado a sitios de contenido sexual y pornográfico», lo que se acreditó con los testimonios de la causa que «dieron cuenta de la afectación padecida por la Sra. Maiorana a raíz de los hechos debatidos en autos».

«Se advierte que la perturbación sufrida por la actora ha sido grave, puesto que se trata de una modelo y empresaria reconocida, de alta exposición pública, quien además es madre de hijas en edad escolar», concluyeron los jueces.