El Sindicato de Trabajadores de Prensa de Necochea y Zona (SIPRENE) adherido a la (FATPREN) Federación Argentina de Trabajadores de Prensa, expresa su malestar a la medida que adoptó la Junta Electoral Nacional (Distrito de La Provincia de Buenos Aires) de impedir la permanencia de la prensa en los lugares de votación a la espera de los resultados y el escrutinio de las mesas.
La medida fue comunicada por el presidente de la Junta Electoral a cargo de la doctora Olga Ángela Calitri donde hace referencia en el acta Nº10 incisos b… “Llegada las 18:00 horas quienes hallen desarrollado dichas tareas periodísticas deberán, indefectiblemente, abandonar el establecimiento, no pudiendo permanecer en su interior bajo ningún concepto” (…)
Previo a esa definición, desde el SIPRENE se venía dialogando en varias oportunidades con autoridades de la FATPREN y la Municipalidad de Necochea, para que en conjunto pudieran mantener reuniones y gestiones con el delegado electoral para el libre acceso a la prensa después de las 18 horas en los establecimientos de votación. A quienes agradecemos su buena voluntad y predisposición. Ante esta medida dispuesta por la junta electoral que aceptamos pero no compartimos- es que la Junta es responsable del escrutinio, del personal y de la gente que queda en el interior de cada lugar de votación una vez que se determina el cierre.
La decisión de la Junta Electoral impide el ejercicio de la actividad profesional y obstruye el rol de la prensa en una instancia crucial, el recuento de los votos. La fiscalización y el control del escrutinio corren por cuenta de las autoridades generales y partidarias. Pero el rol de la prensa es informar lo que sucede en una instancia crucial, el cierre del acto comicial y el escrutinio, aportando desde su actividad a la transparencia del acto. Precisamente en esa instancia del escrutinio se consuma las largas horas de concurrencia de los ciudadanos al acto comicial.
La información de los resultados de las mesas es un servicio que históricamente se brindó a la ciudadanía, práctica adoptada por los programas radiales, televisivos desde el mismo retorno a la democracia en el año 1983.
El SIPRENE lamenta la decisión de la Junta Electoral. En este mismo documento pedimos una revisión de último momento y desde ya anticipamos que exigiremos que la interpretación integral de la custodia y cuidado de los comicios no afecte ni restrinja nuestro derecho a informar y el derecho del público y las audiencias a ser informados.
Desde el SIPRENE exigimos a las autoridades electorales competentes, garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la libertad de prensa, vigente en un estado de derecho. Además de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nacional 12.908, Estatuto del Periodista Profesional, que establece el libre tránsito, acceso a lugares públicos y a toda fuente de información.