Los fundamentos de la modificación es que se «desalentó la producción y provocó el desplazamiento de los productores hacia otros cultivos».
El Gobierno derogó este viernes distintas resoluciones de la ex Secretaría de Comercio Interior sobre la comercialización de trigo porque «desalentaron la producción de trigo y provocaron el desplazamiento de los productores hacia otros cultivos».
Así lo dispuso la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción en su Resolución 24 – E/2017, publicada en el Boletín Oficial.
La misma dejó sin efecto la Resolución 67 de julio de 2013 de la ex Secretaría de Comercio Interior, y las resoluciones 325 y 360 de 2015 de la Secretaría de Comercio, de la gestión anterior.
Mediante la Resolución 67 de 2013 se había establecido la obligación de los distintos sectores intervinientes en los procesos productivos de trigo pan, condición estándar y harina para panificación derivada del mismo, de ejecutar las acciones comerciales tendientes a proveer adecuadamente al mercado interno.
En tanto, mediante la Resolución 325 de agosto de 2015 se creó el “Registro de Oferta de Trigo Disponible para su Comercialización” en el que podían inscribirse pequeños productores de La Pampa y del sur de la Provincia de Buenos Aires que tuvieran disponibilidad de trigo pan en condiciones de comercialización y que hubieran alcanzado una producción máxima de 1.600 toneladas en la Campaña 2014/2015.