La reciente sanción de la ley Nacional de Guardavidas, N° 27155 y de la Ley Provincial de Guardavidas, en los meses de junio la primera y agosto la segunda, vienen a alterar el escenario local en lo que tiene que ver con la actividad de los guardavidas y con el operativo de seguridad de playas.
Si bien la actividad contaba con un marco legal dado por el decreto 27/89, por el CCT 179/91, estas leyes son bienvenidas porque vienen a ratificar muchos de los derechos allí consagrados, con el dato relevante de que desde ahora tales derechos, han sido consagrados por el legislador nacional y provincial.
150 días de Servicio.
Uno de los aspectos altisonantes que ambas leyes tratan es el plazo de duración del servicio de guardavidas. Siguiendo el ejemplo de Mar del Plata se estableció un plazo de 150 días (arts. 16 y 12). Esto significa un mes más de servicio, ya que históricamente Necochea contó con servicio de guardavidas desde el 1 de diciembre al 31 de marzo de cada año, extendiéndose hasta semana santa sólo en algunas temporadas.
Desde una óptica meramente economicista, con un plantel de aproximadamente 90 guardavidas, el costo económico para el municipio de extender el servicio, será un tema que preocupará a los funcionarios.
Otro problema que se suscita está en el ámbito privado, en los concesionarios de los balnearios, toda vez que los pliegos de bases y condiciones obligan al concesionario a contratar guardavidas para los 120 días. La nueva legislación entonces obligaría a una revisión de esos pliegos de bases y condiciones para adecuarlos al nuevo panorama.
De lo que no existen dudas es del acierto de los legisladores al prever un servicio de 5 meses; cualquier necochense sabe que si la condición climática acompaña, las playas se colman con bañistas antes del 1diciembre y esos bañistas merecen el cuidado de los guardavidas.
Elementos de Seguridad.
En lo que tiene que ver con elementos de seguridad la flamante ley provincial establece con rigor cuáles son los elementos que deberá proveer el Municipio. Podemos destacar la inclusión de desfibriladores automáticos DEA, de embarcaciones para asistir a los guardavidas, de prismáticos, botiquines en cada puesto, patas de rana etc.
El contraste con la realidad necochense es sin embargo atemorizante. Hoy día los guardavidas a duras penas cuentan con torpedos y sunchos; estos elementos además no han sido renovados en años. Ni siquiera a los guardavidas locales se les entrega indumentaria, algo que 10 años atrás era incuestionable. En cuanto a las embarcaciones la situación es crítica; mientras playas más chicas como Balneario San Cayetano, Orense, Reta o Claromecó cuentan desde hace años con Jets Ski, en Necochea jamás se contó con apoyo náutico. Finalmente resta destacar la importancia del DEA, instrumento crucial para asegurar la sobrevida de una persona que sufrió un paro cardiaco en ocasión de un rescate o fuera del ámbito acuático. Las autoridades municipales parecen desconocer su importancia o en el peor de los casos muestran desinterés por la vida de las personas, puesto que a pesar de su bajo costo (se consiguen desde los $30.000.-) jamás se tomó la decisión política de establecer zonas cardioseguras, en cambio se emplearon los dineros públicos en otros destinos.
Concurso Público.
Otro tema que ha tenido en cuenta el legislador y que se celebra es la instrumentación de concursos públicos para la cobertura de vacantes como lo establecen los arts. 17.a y 10.3. De este modo deberían acabarse para siempre las prácticas poco trasparentes para la contratación de guardavidas.
Ahora bien, luego de este breve desarrollo de las cuestiones previstas por las leyes surge una pregunta obligada : ¿cuentan con la capacidad y los recursos tanto el Estado Municipal como los concesionarios privados para cumplir ambas leyes y así garantizar los estándares mínimos de seguridad en playas?.
Por otro lado ¿Cuáles pueden ser las consecuencias por el incumplimiento de las obligaciones emanadas de las leyes por parte de nuestra Municipalidad?
A priori pareciera que la vara puesta por las leyes que regirán la actividad de los guardavidas es demasiado alta para nuestra realidad local, donde el escenario que plantea nuestro operativo de seguridad de playas se ubica en las antípodas de los fines buscados por los parlamentos nacionales y provinciales. Falta de Organización del operativo, ausencia de elementos de seguridad básicos, contrataciones a dedo y poca imaginación e interés de las autoridades políticas nos hacen pensar que existen pocas posibilidades de que el Municipio se ponga a la altura de las recientemente sancionadas leyes. Y lo que preocupa aún más es que lo que está en juego es nada menos que la seguridad de las persona.
En cuanto al segundo interrogante planteado, no quedan dudas de que si por ejemplo a partir de la próxima temporada el ejecutivo municipal no ordena el concurso público para cubrir las vacantes a guardavidas, será pasible de recibir sendas demandas judiciales por el incumpliendo de las 2 leyes. Otro análisis merecerá la responsabilidad de los funcionarios públicos que decidan no cumplir con las obligaciones originadas por estas dos nuevas leyes.
En definitiva deberá reflexionar la sociedad necochense sobre la conveniencia y el empleo de recursos para garantizar playas seguras y así trabajar en “prevención”, en vez de esperar a que la tragedia golpee la puerta y así reaccionar tardíamente. Las dolorosas experiencias nos han enseñado que el camino indicado es el primero. También será importante el rol de los trabajadores guardavidas en defensa de su profesión, ya que también son responsables por el atraso en cuestiones de seguridad, el espejo de otras playas nos deja en evidencia. Por ello tanto desde la política como desde el colectivo de guardavidas deberán aportar su grano de arena para adecuar la cruda realidad a los mandatos impuestos por la Ley Nacional de Guardavidas y Ley Provincial de Guardavidas. No hay tiempo que perder, como en cada rescate hay vidas por salvar!
Comisión Directiva Sindicato de Guardavidas y Afines (SI.GU.CA.)