lunes, noviembre 25, 2024

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REINCIDENCIA: La Corte, cerca de dar el aval

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La Corte Suprema podría pronunciarse a favor de la constitucionalidad de la reincidencia sin la participación del principal abanderado en su contra, el juez Raúl Zaffaroni. El tribunal tiene virtualmente decidido ratificar el artículo 50 del Código Penal en vigencia y, consecuentemente, todo lo que de él se deriva, incluso en el Código Procesal.

La Corte Suprema podría pronunciarse a favor de la constitucionalidad de la reincidencia sin la participación del principal abanderado en su contra, el juez Raúl Zaffaroni. El tribunal tiene virtualmente decidido ratificar el artículo 50 del Código Penal en vigencia y, consecuentemente, todo lo que de él se deriva, incluso en el Código Procesal.

Zaffaroni viajará a Alemania por motivos académicos a fines de la semana próxima. Estará ausente durante dos meses y, a su regreso, se quedará trabajando durante la feria de invierno, entre el 21 de julio y el 1 de agosto.

El artículo 50 del Código Penal establece que «habrá reincidencia siempre que quien hubiera cumplido, total o parcialmente, pena privativa de libertad impuesta por un tribunal del país cometiere un nuevo delito punible también con esa clase de pena». El artículo 14 del Código Procesal Penal señala que «la libertad condicional no se concederá a los reincidentes», ni tampoco en los casos de homicidio agravado criminis causa (el que se comete para ocultar otro delito), abuso sexual, privación ilegal de la libertad, homicidio en ocasión de robo y secuestro extorsivo.

La tendencia jurídica que encabeza Zaffaroni y que preconizan otros juristas, como el juez de la Cámara de Casación Alejandro Slokar (la sala que integra ya se pronunció en contra de la reincidencia) y los fiscales Alejandro Alagia y Javier De Luca, no tiene receptación en la mayoría de la Corte. Zaffaroni encabeza la corriente que sostiene que la pena aplicada por un delito se agota cuando se cumple. Cualquier agravamiento por un delito anterior representa un castigo adicional que no tiene que ver con el acto sino con el actor. Es lo que en derecho se llama «delito penal de autor», que –argumentan- viola el principio constitucional de igualdad ante la ley. Es decir, frente a un mismo delito, quien tiene antecedentes (aun cuando haya pagado su «deuda con la sociedad») merece un castigo mayor que quien es «primario».

El presidente del Tribunal, Ricardo Lorenzetti, reconoció ante sus pares que no hay un margen significativo de discusión sobre el tema, que el artículo 50 está vigente y supera el control de constitucionalidad.

La Cámara Federal de Casación Penal viene amagando desde hace meses con celebrar un acuerdo plenario para unificar criterios. El Plenario Díaz Bessone, en el que el tribunal estableció que la prisión preventiva es la excepción y que mientras rija el principio de inocencia la norma es la libertad, no tiene hoy objeciones relevantes. Un plenario que declarara la inconstitucionalidad de la reincidencia podría tener el mismo efecto. Cierto es, también, que las aguas están muy divididas y esa es una de las razones por las que el acuerdo aún no se celebró.

La Corte tiene varios expedientes en los que podría pronunciarse sobre la reincidencia. Según pudo saber este diario, en el último acuerdo se planteó que mientras haya mayorías, los fallos –cualquiera fuera la trascendencia y repercusión seguirán saliendo. Zaffaroni podría dejar su voto firmado antes de viajar, sabe que su postura no prevalecerá.

Si el tribunal respaldara la constitucionalidad de la reincidencia podría ocurrir por segunda vez en poco tiempo que un fallo trascendente en materia penal fuera emitido sin las firmas de los especialistas en la materia. Cuando se pronunció sobre los plazos de prescripción de las causas penales no votaron ni Zaffaroni, ni Carmen Argibay. El deceso de Argibay no cambia el panorama ahora, pues en la Corte ya sabían que su regreso, aun cuando se recuperara de la afección que finalmente la llevó a la muerte, era prácticamente imposible.