viernes, noviembre 15, 2024

Locales

NECOCHEA: Estacionamiento medido en la playa

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En la sesión de ayer por la tarde, el Concejo Deliberante aprobó por mayoría el proyecto de estacionamiento medido para la Villa Díaz Vélez, presentado oportunamente por el bloque de Unión Peronista.

El proyecto contó con los votos del bloque de Unión Peronista, quien presentó el mismo; el Frente para la Victoria, Partido de la Victoria y el Frente para la Victoria-PJ, mientras que la UCR pidió su pase a comisión, una vez más, para continuar con su análisis.

A pesar de la negativa de varios comerciantes de la zona balnearia el proyecto fue aprobado y tuvo tratamiento a pesar que la intención era que se aprobara sin discusión, pero ante la postura del radicalismo se produjo un intenso debate ante las críticas del bloque del peronismo.

EXPEDIENTE LETRA “U” Nº 17.346 – 5960/11

Reemplácese el proyecto de ordenanza consignado a fojas 13, 14 y 15, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“VISTO:

La necesidad de adecuar y optimizar el SISTEMA INTEGRAL DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO Y CONTROLADO (SIDEMC) en la temporada estival;

CONSIDERANDO:

Que el estacionamiento medido ha mostrado largamente sus buenos frutos principalmente en su objetivo medular que es lograr una debida circulación y consecuente rotación de los vehículos aparcados afín de asegurarle a cualquier rodado la posibilidad de estacionar en un determinado radio, y en sus logros accesorios, como lo son el ingreso de fondos a la comuna para desarrollar tareas de embellecimiento en determinadas arterias y la generación de fuentes de trabajo genuinas.-

Que el sistema de estacionamiento medido se encuentra normado por la ordenanza 6754/09 que prevé las regulaciones pertinentes en la materia y ordena integralmente la legislación imperante a la fecha de sanción de la misma.-

Que la temporada estival hace que la dinámica de la Villa Díaz Vélez se modifique sustancialmente en un sinnúmero de sentidos; uno de ellos es el referido al caótico tránsito vehicular que se d principalmente los fines de semana y la consecuente imposibilidad de obtener espacios públicos para estacionar.-

Que existe un sinnúmero de situaciones que se dan en la temporada estival donde vehículos pertenecientes a turistas que pasan varias semanas alojados en nuestra ciudad, en las cuales éstos aparcan sus rodados de manera ‘pétrea’ durante todo el interregno destinado a vacacionar; lo que determina la imposibilidad que se dé la natural rotación de vehículos estacionados en espacios libres y públicos, cuestión que inviabiliza el libre y equitativo acceso a los mismos por cualquier visitante durante la temporada de verano y/o aquel vecino que se aloja en la Villa durante todo el año.-

Que el objeto de marras fue debidamente regulado por las -hoy no vigentes por imperio de la ordenanza 5789/06- ordenanzas 804/85 y la reforma propuesta por la ordenanza 1563/88.-

POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES UNION PERONISTA eleva para su consideración el siguiente Proyecto de:

ORDENANZA

“Estacionamiento Medido y Controlado en la Villa Díaz Vélez durante la Temporada Estival”

ARTÍCULO 1°: Modifíquese el artículo 3ro. de la ordenanza 6754/09 que quedará redactado de la manera siguiente: “Quedan afectadas, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, referida al SISTEMA INTEGRAL DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO Y CONTROLADO (SIDEMC), las siguientes arterias de la ciudad: A) Zona CENTRO: Calle 57 de 60 a 66, ambas aceras; Avda. 59 de 60 a 70, dársenas centrales; Avda. 59 de 60 a 70, ambas aceras; Calle 61 de 60 a 68, ambas aceras; Calle 63 de 60 a 66, ambas aceras; Calle 65 de 60 a 66, ambas aceras; Calle 60 de 57 a 65, ambas aceras; Calle 62 de 55 a 65, ambas aceras; Calle 64 de 55 a 67, ambas aceras; Calle 66 de 57 a 65, ambas aceras. Se prohíbe expresamente el estacionamiento de cualquier tipo, con excepción del transporte público, en Avenida 59 de calle 62 a 64, ambas aceras. B) Zona VILLA DIAZ VELEZ: Rambla Central de la avenida 2 desde avenida 79 a calle 89; avenida 2 (vereda impar) desde la calle 87 hasta calle 89; avenida 2 (vereda impar) desde calle 87 hasta calle 89; calle 4 desde avenida 79 hasta calle 89, ambas aceras; calle 6 desde calle 79 hasta calle 89 ambas aceras; calle 8 desde avenida 79 hasta calle 89, ambas aceras; avenida 79 desde calle 2 hasta avenida 10, ambas aceras; calle 81 desde avenida 2 hasta avenida 10, ambas aceras; calle 83 desde 4 bis hasta avenida 10, ambas aceras; (salvo en el horario que se convierte en arteria peatonal); calle 85 entre avenida 2 hasta avenida 10, ambas aceras; (salvo en el horario que se convierte en arteria peatonal); calle 87 desde avenida 2 hasta avenida 10, ambas aceras; calle 89 desde avenida 2 hasta avenida 10, ambas aceras. Regirán respecto a los segmentos mencionados las regulaciones propias del sector, determinadas en las ordenanzas 6269/08 –Reglamento Circulación de Tránsito y Estacionamiento de Vehículos y Bicicletas de la Ciudad de Necochea- y 4648/01 -Peatonalización de la Calle 85-.

ARTÍCULO 2°: Modifíquese el art. 4to. de la ordenanza 6754/09 que quedará redactado de la manera siguiente: “Se establece la implementación del SISTEMA INTEGRAL DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO Y CONTROLADO en el área determinada por el artículo 3°, apartado A (Zona CENTRO), durante todo el año de Lunes a Sábados en el horario de 9 a 21; y en el área determinada por el apartado B (zona VILLA DIAZ VELEZ), desde las 09 horas hasta las 24 horas, desde el día 15 de diciembre hasta el último día de febrero que marque el calendario vigente.-

ARTÍCULO 3°: Modifíquese el art. 21ro. de la ordenanza 6754/09 que quedará redactado de la manera siguiente: “Dejase establecido que, además de las tareas de venta, cobranza y contralor que se determinan en el artículo 9°, las Instituciones de Bien Público, Cooperativas de Trabajo y/o Comercios Habilitados se comprometen a colaborar en todo lo atinente al sistema de estacionamiento medido. Crease a tal efecto, la Comisión de Evaluación y Seguimiento del SISTEMA INTEGRAL DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO Y CONTROLADO (SIDEMC), conformada por dos (2) representantes de cada institución de Bien Público y/o Cooperativas de Trabajo que tenga vigente convenio con la Municipalidad de Necochea para la prestación del servicio, tres (3) integrantes del Departamento Ejecutivo y un (1) integrante de cada Bloque de Concejales del Honorable Concejo Deliberante y un (1) representante del Ente Necochea de Turismo (ENTUR), a los fines de lo regulado en el último apartado (B) del artículo 2 de esta norma.-

ARTÍCULO 4°: Incorpórese el Artículo 15º bis en la ordenanza 6754/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 15º bis: Para el caso del producido por el estacionamiento medido y controlado del área denominado ‘Zona Villa Díaz Vélez’ -apartado B del artículo 2do.-, la distribución del mismo lo determinará el Departamento Ejecutivo por vía reglamentaria; así como los demás aspectos accesorios para la implementación del sistema, con la previa homologación del H. Concejo Deliberante. Comprendiendo que el monto resultante de la porción asignada a la administración municipal será destinada exclusivamente a la generación de obras y servicios a ser desarrollados en la Villa Díaz Vélez y el Parque Miguel Lillo”.-

ARTÍCULO 5°: El Departamento Ejecutivo procederá, a través del área competente, a colocar pantallas indicadoras del estacionamiento medido en el radio fijado describiendo las previsiones medulares de la presente, de manera de orientar debidamente al usuario automovilista.-

ARTÍCULO 6°: De Forma.-”