El Bloque del Frente Justicialista para la Victoria presentó un proyecto de resolución para solicitar al Ejecutivo que intime a los vecinos que no mantienen los cercos y veredas en condiciones tal cual lo establece la ordenanza 5529/05.
VISTO
La Ordenanza Nº 4343/00 y su modificatoria Ordenanza Nº 5529/05, que refieren a la regulación de la construcción, reparación y mantenimiento de cercos y veredas; y
CONSIDERANDO:
Que es pésimo el estado de numerosas veredas de vastas zonas de nuestro Distrito, indiscutible el consiguiente riesgo para la ciudadanía y más que evidente la urgencia de reparación y/o mejoramiento a los efectos de proporcionar seguridad y comodidad a los peatones;
Que es responsabilidad absoluta del propietario del inmueble cuidar y mantener en óptimas condiciones su vereda;
Que muchos sectores de la ciudad presentan un estado notorio de abandono de los cercos y las veredas de terrenos baldíos y edificados por parte de los propietarios, responsables de su construcción y mantenimiento;
Que tanto el aspecto general de la ciudad, como la seguridad de los peatones, hacen necesario que se proceda a la reparación de las veredas, muchas de ellas construidas hace ya largo tiempo;
Que donde existan veredas deterioradas, desniveladas y con baldosas flojas se debería exigir a titulares de las respectivas viviendas un plazo perentorio para reparar las imperfecciones;
Que debería ser emprolijado el sector de veredas donde esté el arbolado público, de manera que quede cercado por un cuadrado o rectángulo realizado con material de construcción;
Que las veredas arregladas brindan también seguridad al paso de ancianos y niños;
Que se debería hacer cumplir la ordenanza la ordenanza 4343/00 conforme a lo establecido en los artículos 9° y 10° y la Resolución Nº 2163/05; en su articulo 1º ,que se encuentra en vigencia;
POR TODO ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE JUSTICIALISTA PARA LA VICTORIA eleva para su consideración el siguiente proyecto de:-
RESOLUCION
ARTICULO 1º: El H.C.D. vería con agrado que el Departamento Ejecutivo intime a los frentistas a reparar y/o construir aquellas veredas que se encuentren deterioradas, conforme a lo establecido en los artículos 9° y 10° de la Ordenanza 4343/00, y establezca un plazo de cumplimiento que no exceda los sesenta (60) días corridos desde la fecha de notificación de la intimación.-
ARTICULO 2º: El H.C.D. vería con agrado que el Departamento Ejecutivo priorice las intimaciones dando comienzo por los sectores pertenecientes a la villa balnearia y playas, a la diagonal San Martín y al radio céntrico de la ciudad de Necochea y Quequén dado la proximidad del comienzo de la temporada estival.-
ARTICULO 3º: De forma.-