Fue presentado por el Frente Justicialista para la Victoria como minuta de comunicación.
VISTO:
El canal de desagüe que atraviesa el ejido urbano de Juan N. Fernández; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene unas dimensiones importantes lo que trajo a este bloque muchas inquietudes por parte de los vecinos;
Que en el mismo canal se advierte que los caños de las alcantarillas se encuentran elevados del fondo del canal y por ende estos permanecen con agua siempre;
Que este estancamiento produce en conjunto con basura arrojada por vecinos desaprensivos olores nauseabundos como un foco infeccioso para quienes residen en las inmediaciones;
Que el estancamiento de aguas da el habitad necesario para la proliferación de mosquitos algunos de estos transmisores de enfermedades;
Que el ancho y la profundidad de este canal de llenarse de agua son un riesgo para los niños que juegan en el lugar;
POR TODO ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE JUSTICIALISTA PARA LA VICTORIA eleva para su consideración el siguiente proyecto de:-
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°:- Informe el Departamento Ejecutivo si se realizo algún estudio de impacto ambiental para la realización de este canal a cielo abierto por el ejido urbano de Juan N. Fernández, de existir se solicita se adune a la presente.
ARTICULO 2°:- Informe el Departamento Ejecutivo si este canal va a ser entubado a los efectos de eliminar peligros para los niños del lugar como la proliferación de insectos, y olores nauseabundos.
ARTICULO 3°:- Informe el Departamento Ejecutivo si el caudal de agua que supuestamente desagotarà a los campos de la zona arrastrara productos químicos utilizados por los mismos, y si estos pueden filtrarse a las napas ya que dicho canal pasa alrededor de 80 metros del pozo que le da provisión de agua a la localidad.
ARTICULO 4°:- Adune el Departamento Ejecutivo a la contestación de la presente, las autorizaciones de los organismos Provinciales competentes en la materia.
ARTICOLO 5°:- Informe el Departamento Ejecutivo cual será el destino final de la tosca y tierra producto de la construcción del canal
ARTICULO 6°:- Establézcase un plazo de 10 (diez) días para dar respuesta a la presente.-
ARTICULO 7°:- De forma