sábado, octubre 12, 2024

Locales

NECOCHEA: Barrio Nº 6 del Plan Federal de Viviendas. Actuación del Departamento Ejecutivo.

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Ante las condiciones que presentan algunas viviendas que conforman el barrio Nº 6 de la localidad de Quequén, correspondiente al Plan Federal 1, la Municipalidad de Necochea, por intermedio de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, continua llevando acciones vinculadas a la situación mencionada.

Al respecto es de destacar que durante la mañana del viernes 5, tanto el jefe comunal, Dr. Daniel Molina, como el titular de la Secretaria de Obras Publicas, Ing. Roberto Taurian, firmaron el decreto 2088/07, en el cual se establecen los pasos a seguir desde el Ejecutivo local.

Textualmente la normativa, dentro de sus considerando indica;

“Que la Dirección de Obras Públicas adjunta informe técnico del relevamiento realizado con fecha 24 y 25 de septiembre del corriente año sobre el estado en que se encuentran cada una de las viviendas que forman el Barrio Nº 6;

Que la Empresa Adjudicataria desde el inicio de las obras es responsable en su ejecución, verificación, cálculos estructurales, comportamiento en calidad de los materiales de acuerdo a lo establecido en el Pliego como así también los profesionales actuantes dependientes de la Contratista quienes ejecutan la documentación Técnica Estudio de Suelo, Cálculo, Proyecto y documentación de Obra civil y de infraestructura;

Que a la mencionada Dirección, entre otros puntos detallados, entiende que no surgen de las acciones una mala fe en la ejecución, sino que a primera vista podría tratarse de vicios ocultos fundamentalmente al tipo de suelo;

Que los entes de control deben velar por el cumplimiento a la obligatoriedad contractual por parte del Contratista, o sea, la materialización del proyecto integral presentado por la Empresa y aceptado en las condiciones del Subprograma de Viviendas del Plan Federal;

Que ante los hechos surgidos y de acuerdo a lo actuado, la Dirección de Obras Públicas sugiere a los efectos de deslindar responsabilidades, se inicie el respectivo sumario administrativo a las áreas que han intervenido a los efectos de clarificar las responsabilidades de las partes, el bloqueo de emisión de pagos de certificados o reconocimientos de ajustes a la Contratista, comunicar a los Registros Nacionales, Provinciales y Municipales sobre la situación de la Empresa;

Que el Sr. Intendente Municipal dispone se realice sumario administrativo a las Áreas intervinientes, informar la situación al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y a la Secretaría de Vivienda y Urbanismo de la Nación como así también al bloqueo de emisión de pagos de los certificados o reconocimiento de ajustes a la Contratista hasta tanto tenga solución la situación planteada”.

En cuanto a los artículos que conforman el decreto mencionado, la trascripción es la siguiente:

    * ARTÍCULO 1º:- Iníciese SUMARIO ADMINISTRATIVO a todas las Áreas que han  intervenido a los efectos de clarificar las responsabilidades de las partes.

    * ARTÍCULO 2º:- Desígnese a la Dra. Carola Bertoldi como Instructora Sumariante y dése intervención para el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 1º a la  Sub-Sría. de Legal y Técnica Municipal.

    * ARTÍCULO 3º:- Procédase a la retensión de emisión de pago por certificados y/o reconocimiento de ajustes a la Empresa EDIFICADORA TAURO S.A. a través de la Sría. de Hacienda y sus Áreas dependientes Contaduría y Tesorería.

    * ARTÍCULO 4º:- Procédase a través de esta Sría. de Obras y Servicios Públicos a notificar al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y a la Sría. de Vivienda y Urbanismo de la Nación sobre la situación planteada con la Empresa Contratista.

    * ARTÍCULO 5º:- Regístrese, cúmplase y notifíquese de acuerdo a lo dispuesto en los articulados, como así también comuníquese a la Empresa Contratista.