jueves, marzo 28, 2024

Justicia, Locales

Una prórroga más en la justicia bonaerense

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En consonancia con la decisión del gobierno, la Suprema Corte bonaerense prorrogó la feria judicial hasta el 28 de junio y pidió a los tribunales la utilización de procesos telemáticos para la normalización gradual del servicio.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso prorrogar las medidas dispuestas en resoluciones anteriores hasta el 28 de junio, haciendo hincapié en en la utilización de medios tecnológicos mientras se avanza en la normalización del servicio de justicia.

Con la firma del presidente de la Corte, Daniel Soria, la resolución encomienda a las áreas competentes a que el 12 de junio del corriente año tengan concluidos y elevados los estudios y adecuaciones necesarios para disponer la ampliación del inicio de procesos por medios telemáticos.

Para esa fecha también deberá estar finalizada la primera etapa de la normalización de los servicios correspondientes a los Juzgados de Paz y los órganos jurisdiccionales pertenecientes a las cabeceras departamentales, «en ambos supuestos cuando se contare con las autorizaciones pertinentes y se cumplieren los demás requerimientos técnicos establecidos a tales fines».

Entre las medidas dispuestas por la Corte con anterioridad y que siguen vigente aparecen el restablecimiento de los plazos para la realización de presentaciones electrónicas y actos procesales, en la medida de las restricciones vigentes por la pandemia y en razón que los medios tecnológicos lo permitan.

También está habilitados los plazos para el dictado de sentencias y resoluciones digitales, así como, sus notificaciones electrónicas. La disposición regirá para los fueros Civil y Comercial, Familia, Laboral, Contencioso y Administrativo y de Paz.

En las resoluciones prorrogadas se habían fijado pautas para la normalización de la administración de justicia, así como, la paulatina implementación del uso de procesos telemáticos. También se estableció que solo se admitirían escritos de inicio que requieran urgente despacho o en los que sea inminente la prescripción de la acción.

Todas las medidas corresponden a las Resoluciones Nº 480/20, Nº 535/20 y Nº 558/20.