viernes, marzo 29, 2024

Generales, Locales

LUZ: Tarifa Social. Resolución

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Lo informa, Silvia Jensen, ex titular de la OMIC y quién trabajó intensamente durante su gestión para evitar la implementación de un tarifazo eléctrico en Necochea.

Requisitos para la inclusión en la Tarifa Social de la luz, Resolución 051 de OCEBA.

Que, por Resolución N° 7/2016 el Ministerio de Energía y Minería estableció, en el Anexo I, los criterios de elegibilidad y criterios de exclusión para la aplicación de la Tarifa Social;

Que entre los primeros -elegibilidad- se alude a: 1) ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional, 2) ser empleados en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM), 3) ser titulares de programas sociales, 4) estar inscriptos en el Régimen de Monotributo Social y 5) estar incorporado en el Régimen especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (art. 21 de la Ley 25239);

Que, entre los segundos –exclusión- se establecen el cruce por padrón de fallecidos, Registro de la Propiedad Inmueble –quedarán excluidos cuando sea titular de más de uno-, Registro de Propiedad Automotor –estarán excluidos aquellos cuyo modelos tengan hasta 15 años de antigüedad- y Registro de embarcaciones de lujo –quedarán excluidos los poseedores de aeronaves o embarcaciones de lujo;

Que, el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, a través del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), mediante el cruzamiento de datos correspondientes a las bases de usuarios de cada distribuidor con sus bases disponibles-, determinará cuáles son los usuarios en condiciones de recibir el beneficio en cuestión;