viernes, abril 19, 2024

Justicia, Nacionales

DIFERENDO: La Corte aceptó la demanda de La Pampa contra Mendoza por el corte del Atuel

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El máximo tribunal aceptó tramitar de manera «directa» y «exclusiva» el reclamo por daños y perjuicios que impulsa La Pampa, en el marco de una disputa que se inició en 1947, cuando comenzaron las obras del dique El Nihuil en tierras cuyanas.

La Corte Suprema de la Nación fijó un plazo de 60 días para que la provincia de Mendoza conteste la demanda promovida por La Pampa por el uso y aprovechamiento de las aguas del río Atuel, cortado por la provincia cuyana en la década del 40 y que provocó un severo daño ambiental y económico.

De los cinco brazos del río, actualmente solo queda activo el arroyo de La Barda y prácticamente ha desaparecido un humedal de casi un millón de hectáreas en La Pampa, lo que provocó daños económicos, ambientales y sociales a lo largo de décadas.

La Corte, de acuerdo a la Constitución Nacional, reconoció su «competencia originaria» para resolver el reclamo iniciado por el gobernador de La Pampa, Oscar Mario Jorge, junto al fiscal de Estado de esa provincia, José Vanini.

La provincia demandante sostuvo que las autoridades de Mendoza causaron «un inmenso daño social en el noreste» de La Pampa, región que «fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río».

La demanda también involucra al Estado Nacional como «tercero interesado», por supuesta negligencia en la administración del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles, en las afueras de la ciudad mendocina de San Rafael.

Los reclamantes sostienen que Mendoza redujo el caudal hídrico del Atuel, privando a la población de La Pampa de desarrollar una «vida digna» y provocando «un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado».

La Corte, con la firma de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, notificó la demanda a la provincia de Mendoza y le otorgó un plazo de 60 días para que la conteste y ofrezca pruebas.

El Estado Nacional fue citado para que, en ese mismo plazo, comparezca y exprese «lo que pudiere corresponderle» por derecho.

La Pampa inició una intensa lucha por sus derechos desde su provincialización, en 1951, aunque recién presentó en 1979 su primera demanda contra Mendoza.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en 1987 y estableció la interprovincialidad del río, pero Mendoza no cumplió ese fallo y persistió con el corte aduciendo que la medida judicial incluía garantizar un caudal mínimo.

La demanda impulsada ahora por el gobernador Jorge en nombre del Estado pampeano consta de 400 páginas, donde aduce que Mendoza ha sido la causante de un «inmenso daño social» en el noroeste pampeano.

Es una región, prosigue el escrito presentado por La Pampa, que «fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua del Atuel, cuyo caudal se redujo sensiblemente, privando a su población de toda posibilidad de desarrollar una vida digna» en la zona.

«Tal situación produjo un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado por Mendoza».

En el planteo de La Pampa se incorporan novedosos elementos de carácter internacional en materia de recuperación y reestablecimiento de ecosistemas y humedales.

En ese sentido, procura extenderlos al caso, al requerir caudales ambientales y productivos, tanto en lo que respecta a la cantidad como a la calidad del agua que deberá llegar a territorio pampeano.