martes, abril 16, 2024

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SERVINI DE CUBRÍA perdió su pelea contra internet

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La magistrada federal había pedido que se bloquearan las búsquedas con su nombre en Google y en Yahoo. Un juez de primera instancia le había dado la razón, pero ahora la Cámara Civil y Comercial revocó el planteo.

La jueza federal María Servini de Cubría perdió la primera batalla en su cruzada personal contra internet. La Cámara en lo Civil y Comercial Federal revocó un fallo de primera instancia que había accedido a su pedido para que se bloqueara el acceso a cualquier información e imágenes de la magistrada existentes en los buscadores Google y Yahoo, a no ser que ella hubiera dado su consentimiento expreso para su uso.

Los jueces Eduardo Vocos Conesa, Ricardo Víctor Guarinoni y Alfredo Silverio Gusman recordaron en su fallo que la ley 26.032, sancionada a mediados de 2005 y que sólo tiene tres artículos, establece que “la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole a través del servicio de internet se consideran comprendidas dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión”.

La Constitución Nacional vela por la libertad de expresión en sus artículos 14 y 32 y la llamada Ley de Servicio de Internet no hizo más que cubrir un vacío legal al equiparar la circulación de información a través de la web con el libre ejercicio de la prensa, sin censura previa.

Los camaristas recordaron que la Corte Suprema de Justicia destacó que “el ejercicio de la libre crítica de los funcionarios por razón de sus actos de gobierno es una manifestación esencial de la libertad de prensa”. Los colegas también precisaron que el tribunal de la jueza siempre se encuentra en la mira por tratarse del estratégico juzgado electoral de la ciudad de Buenos Aires. “No es un extremo menor que la doctora Servini de Cubría es jueza federal, que además ejerce competencia electoral en el distrito, por lo que sus actos en ejercicio de sus funciones despiertan interés en los medios de difusión y en la sociedad en general”, señalaron los camaristas.

El fallo también recuerda que la Corte Suprema de Justicia destacó que el ejercicio de la libre crítica de los funcionarios por sus actos de gobierno es una manifestación esencial de la libertad de prensa y que “los funcionarios públicos se han expuesto voluntariamente a un mayor riesgo de sufrir perjuicio por noticias difamatorias”.

Los camaristas dijeron que el caso de Servini de Cubría “no es equiparable al de artistas y modelos, cuya situación mereció una respuesta diferente de esta sala, ante imágenes publicadas en internet en las que, inclusive, sus nombres e imágenes eran empleados en sitios de contenido sexual”.

El abogado Julio César Rivera (h), especialista en derecho constitucional, libertad de expresión y de prensa, opinó que “el tema es bastante claro. Los jueces no pueden ordenar este tipo de medidas preventivas de evitar la publicación de información referida a un funcionario público. Permitir una medida preventiva sería un caso claro de censura previa”.

Rivera recordó que la Corte Suprema históricamente respaldó la libertad de expresión y que uno de los pocos casos en los que accedió a no difundir una información fue en una causa por una demanda de paternidad presentada por una mujer contra Diego Maradona, para velar por la intimidad de la menor. El especialista precisó que el fallo de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión, ya que lo que hace es revocar la medida cautelar del juez de primera instancia Marcelo Whatelet, quien había accedido a bloquear la información circulante en internet referida a la Chuchi, como llaman cariñosamente sus colegas a Servini de Cubría, mientras se llevaba adelante el proceso.

El abogado Juan Pablo Bonfico, representante de Google en la causa, explicó que se trata de una demanda por daños y perjuicios “ya que la doctora Servini le adjudica un carácter dañoso a algunas notas periodísticas y pedía que se bloquearan todas las búsquedas”. Al tipear “Servini de Cubría” a las 18.15 de ayer, el buscador Google arrojaba 59 mil resultados. Los más recientes se referían al fallo en su contra.

Primero fue contra Tato

No es la primera vez que la jueza María Romilda Servini de Cubría recurre a la Justicia para pedir que aplique la censura. Lo hizo por primera vez en 1992, cuando exigió que se impidiera la difusión de un sketch del programa de tevé del recordado Tato Bores que la tenía como protagonista. La magistrada consiguió que en segunda instancia le dieran la razón y así se frenó la salida del programa, que se emitía por Canal 13. La medida fue apelada y llegó para su discusión a la Corte Suprema de Justicia. El tribunal, con la composición que tenía en la época menemista, que no se caracterizó por una doctrina liberal o progresista, revocó el fallo de Cámara y autorizó la difusión del programa.