viernes, marzo 29, 2024

Nacionales

Presentan 21 aportes al anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

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La Coalición por una Radiodifusión Democrática presentó el martes sus 21 aportes para mejorar el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a la vez que reclamó el inmediato ingreso de la norma al Congreso de la Nación. Participó una importante representación de la CTA.

El encuentro, que se extendió por espacio de dos horas y se realizó en el Anexo de la Cámara de Diputados, contó con la presencia de una nutrida delegación de la Central de Trabajadores de la Argentina encabezada por su secretario general, Hugo Yasky.

En la ocasión, estuvo acompañado por Juan Carlos Giuliani, secretario de Comunicación y Difusión, Victorio Paulón, secretario gremial y Gustavo Rollandi, coordinador general. También estuvieron presentes en representación de la Federación de Trabajadores de la Cultura y la Comunicación (Fetraccom-CTA), Edgardo Carmona y Oscar Gijena, secretarios generales del Sindicato de Prensa de Rosario y de la Asociación de Prensa de Tucumán (APT-CTA), respectivamente.

En la oportunidad, la Coalición integrada por organizaciones, movimientos sociales, universidades -entre las que figuran la Fetraccom y la CTA- presentó 21 aportes al anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual impulsado por el Poder Ejecutivo.

Néstor Busso, de la Coalición por una Radiodifusión Democrática, que manifestó su apoyo al anteproyecto del Poder Ejecutivo aunque sostuvo que «puede ser mejorado», celebró «la unidad del campo popular detrás de esta iniciativa», a la vez que pidió su «rápido envío al Congreso».

Además, estuvo presente el director del Comfer, Luis Lázaro, quien destacó que desde la presentación del anteproyecto «se realizaron 23 foros y se recibieron más de 1200 aportes» que coinciden, dijo, «en su mayoría con los planteos realizados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática» en su documento.

En tanto, el titular de la comisión de Comunicaciones de la Cámara baja, Manuel Baladrón, afirmó que la futura aprobación de la ley de Comunicación Audiovisual «va a transformar la comunicación» en el país, al sostener que «se trata de una ley inclusiva» y dijo que será «una experiencia inédita en cuanto al grado de debate».

Desde el radicalismo, la diputada Silvana Giúdice, titular de la comisión de Libertad de Expresión de la cámara baja, consideró que el debate de esta norma «debería darse en Audiencias Públicas y se preguntó «por qué no está ya la ley en el Congreso».

Claudio Lozano, de Buenos Aires para Todos en Proyecto Sur e integrante de la Mesa Nacional de la CTA, puso de relieve la importancia de esta iniciativa y consideró que los 21 aportes al anteproyecto impulsados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática «son mejorativos» de la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo, a la vez que remarcó la necesidad de que la norma se refiera con mayor detenimiento al papel que desempeña el sujeto de la actividad: el trabajador de la comunicación.

También, desde el bloque Encuentro Popular y Social, la diputada Cecilia Merchán, que integra la Coalición por una Radiodifusión Democrática, dijo que la acción de todos los sectores debe estar orientada a que el anteproyecto «pase a ser un proyecto y se discuta lo antes posible en el Congreso».

«No es verdad que no hubo debate, se discute una nueva ley desde el fin de la dictadura y esto costó sangre y muchas vidas. No podemos decir que no es el momento, una vez que se le pone el cascabel al gato», aseguró el titular del bloque del SI, Eduardo Macaluse.

Además, asistieron la vicepresidenta primera de la cámara de diputados, Patricia Vaca Narvaja; el diputado del Frejuli, Luis Lusquiños y la diputada del Pro Paula Bertol, entre otros.

Los puntos salientes

A continuación reproducimos algunos de los puntos aportados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática para mejorar el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual:

– «La revisión cada dos años – prevista en el último párrafo del artículo 38 – tiene una redacción que no es clara. El objetivo es revisar la disponibilidad de frecuencias fruto del mayor aprovechamiento del espacio radioeléctrico por aplicación de nuevas tecnologías, de manera tal que las «nuevas frecuencias» no se acumulen automáticamente a una licencia otorgada, posibilitando la prestación de nuevos servicios o la incorporación de nuevos prestadores, según decida la autoridad de aplicación. Por tal motivo sugerimos la siguiente redacción del último párrafo del artículo 38: «….a fin de asegurar el máximo aprovechamiento del dividendo digital, preservando los derechos de los titulares de licencias al momento de la revisión.

– «Promover la diversidad a través de la incorporación de los prestadores de diferente tipo, fundamentalmente del sector de gestión estatal, comunitario y Pymes, es uno de los objetivos del proyecto de ley; razón por la cual entendemos que hay que limitar el número de licencias en una sola persona física o jurídica. En tal sentido proponemos reducir el máximo de licencias permitidas para un mismo operador de 10 a 4 (Cuatro) en todo el país y de tres a dos por área local.

– «Las niñas y niños menores de 13 años no tienen capacidad de discernimiento frente a mensajes publicitarios. En la Unión Europea la Directiva Televisión sin Fronteras adoptada el 3 de octubre de 1989 y modificada el 30 de junio de 1997, fue concebida para armonizar el marco jurídico de las actividades de las cadenas de televisión en la Unión Europea ; según una de sus disposiciones, la publicidad por televisión no debe incitar directamente a los menores a comprar «explotando su inexperiencia y su credulidad». Fuera de ese marco, cada país miembro es libre de aplicar sus propias reglas. En Suecia, la publicidad por televisión dirigida a los niños está absolutamente prohibida. En Luxemburgo y en Bélgica, está vedada cinco minutos antes y después de los programas para niños. En Italia, los dibujos animados no pueden ser interrumpidos con anuncios publicitarios. Y en Dinamarca, existe un acuerdo entre el Estado y TV2 sobre las restricciones a la publicidad destinada a los niños. La Comisión de Defensa del Consumidor de la Cámara de Brasil aprobó el 9 de julio de 2008, un proyecto de ley que prohíbe cualquier propaganda destinada a niños y niñas con hasta 12 años de edad y establece restricciones a la publicidad destinada a adolescentes entre 12 y 18 años. Por lo anteriormente fundamentado proponemos incluir en el artículo 59 el inciso d) que dice se prohíbe la emisión de publicidad dirigida a niñas y niños menores de 13 años».

– «El espíritu de la ley es garantizar la mayor transparencia posible e información pública respecto a la titularidad de las licencias, condiciones técnicas aprobadas, propuesta cultural por la que se adjudicó dicha licencia, etc.; por este motivo estimamos conveniente que en la «Carpeta de Acceso Público» exigida a cada medio, se deba incluir la forma y fuentes de financiamiento con la nómina de anunciantes incluyendo el monto facturado en los meses anteriores; esta es una manera de transparentar los intereses económicos que operan en cada medio y de hacer público los montos de la publicidad estatal y privada que reciben los licenciatarios. Creemos, además, que lo más conveniente es establecer la obligación – por parte de licenciatarios y autorizados – de «publicar la Carpeta de Acceso Público en Internet»; de manera tal que el acceso sea fácilmente asequible para todos los ciudadanos. Por lo tanto agregamos al literal d) del artículo 61, la obligación de informar «la forma y fuentes de financiamiento con la nómina de anunciantes incluyendo el monto facturado en los meses anteriores; y mantener publicada y actualizada en Internet.»

– «Publicidad en servicios por suscripción. Entendemos que la democratización del acceso a la comunicación audiovisual no solo se debe abordar legitimando a los tres tipos de operadores, si no también, garantizando que el público en general pueda disfrutar de los medios de comunicación sin necesidad de pagar un abono, por ello la política pública debe favorecer el financiamiento – por medio de publicidad – de los sistemas de comunicación audiovisual de acceso gratuito. Por este fundamento planteamos que en el artículo 69 se incorpore un literal que exprese: «prohibir la publicidad en servicios de comunicación audiovisual por suscripción salvo en la señal de producción propia». En el mismo artículo proponemos incorporar otro literal que establezca la «prohibición de emitir Publicidad No Tradicional con excepción de publicidad estática en eventos públicos». Consecuentemente en el artículo 82, se debe eliminar la frase: «…..y no tradicional….»

– «El Decreto 527/2005 estableció la suspensión de «los términos que estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión o sus prórrogas….» por el plazo de 10 años. La futura ley deberá contener una disposición transitoria que disponga la reanudación de los plazos originales. Ello le permitiría a los actuales licenciatarios beneficiarse con el tiempo transcurrido durante la suspensión a la vez que eliminaría el manifiesto desajuste entre la norma reglamentaria y la ley. Con esta motivación planteamos agregar un último párrafo al artículo 143, con la siguiente redacción: «A partir de la vigencia de esta ley reanúdense los plazos suspendidos por el Decreto Nº 527/2005».