Por Dres. Martínez, Enzo Aldo-Secondi, Jorge Enrique-Raffaghelli Luis A.
Los Tribunales del Trabajo fueron creados en 1948 en Argentina, con la alta función de administrar la justicia en los conflictos laborales. La Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 39 establece tribunales especializados para solucionar los conflictos de trabajo.
Tanto por vía legislativa como por interpretación judicial la autonomía de los tribunales especializados de trabajo se ha visto reforzada en el último periodo con la restitución de competencia en materia de empresas fallidas como por la reivindicación de la misma en los juicios sobre riesgos del trabajo.-
La conciliación es un instituto importante de los litigios laborales que los tribunales del trabajo propician para lograr la solución de los conflictos siempre sobre la base de una justa composición de intereses y derechos de las partes, con el consabido respeto del orden público y los principios fundamentales del Derecho del Trabajo.
El Tribunal de Necochea promociona a diario la conciliación en éste marco.
En un caso reciente ante la pérdida del empleo de cinco trabajadoras de la industria de la alimentación local, el tribunal propuso la posibilidad de reinstalación de las mismas a sus puestos de trabajo, con la colaboración y buena voluntad de ambas partes, el sindicato respectivo y los letrados intervinientes.
De ésta forma se arribó a un acuerdo incluyendo una cláusula de estabilidad a futuro, una compensación económica por el juicio y el respeto de la antigüedad de las litigantes y factible de cumplir para la empresa.
Destacamos nuestra satisfacción ante ésta solución en que los operadores jurídicos y económicos de las relaciones laborales anteponen el cuidado del empleo a sus intereses personales, máxime en momentos de crisis, sin que ello signifique lesionar derechos sociales constitucionales.-